REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL, Caracas, ocho (08) de enero de dos mil diez (2010).
199° y 150°
Recibido como ha sido el presente expediente mediante distribución y proveniente del Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, contentivo de la querella interpuesta por el abogado en ejercicio de este domicilio JESÚS SALVADOR RENDÓN CARRILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 19.890, actuando en su propio nombre y representación, contra el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, este Juzgado asume la competencia y se avoca al conocimiento de la presente causa.
Ahora bien, revisado como ha sido el escrito libelar, este Tribunal ordena devolver la querella al recurrente, a fin de que sea reformulada en los términos expresados en el auto de fecha 22 de abril de 2009, dictado por el referido Juzgado Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital y que corre inserto a los folios 37 y 38 de las presentes actuaciones.
EL JUEZ PROVISORIO,
LA SECRETARIA,
Se requieren fotostátos para proveer.
LA SECRETARIA,
Exp.006550
Roimar.
|