REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL

Caracas, ocho (08) de Enero de Dos Mil Diez (2010).

199º y 150º

Visto el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por los Abogados MAURICIO APONTE MACHIN, CARLOS PRATO D`ARMAS y RICARDO RAMON MARTINEZ HERRERA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 36.406, 111.508 y 72.555 respectivamente, actuando en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana MARIELA MEDINA BATTISTINI, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 10.334.995, contra el FONDO INTERGUBERNAMENTAL PARA LA DESCENTRALIZACIÓN. Este Juzgado observa:
Habiéndose realizado la distribución respectiva del expediente en fecha diez (10) de Diciembre de Dos Mil Nueve (2009), corresponde a esta Juzgado el conocimiento de la presenta causa, la cual fue recibida en fecha quince (15) de Diciembre de Dos Mil Nueve (2009), designado con el Nº 2653-09, y se ordeno reformular en fecha dieciséis (16) de Diciembre de Dos Mil Nueve (2009).
Ahora bien este Órgano Jurisdiccional observa, que a la fecha no ha suscrito la parte actora dicha reformulación, dentro del lapso establecido por el tribunal mediante auto de fecha 16 de diciembre, es decir los tres (03) días de despacho siguientes al recibo del presente expediente, en consecuencia, este Juzgado forzosamente declara INADMISIBLE el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por los Abogados MAURICIO APONTE MACHIN, CARLOS PRATO D`ARMAS y RICARDO RAMON MARTINEZ HERRERA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 36.406, 111.508 y 72.555 respectivamente, actuando en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana MARIELA MEDINA BATTISTINI, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 10.334.995, contra el FONDO INTERGUBERNAMENTAL PARA LA DESCENTRALIZACIÓN.
LA JUEZ.


FLOR L. CAMACHO A.
EL SECRETARIO.


TERRY GIL LEON.









Exp. Nº 2655-09/FC/TG/OERD