REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 19 de Enero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: AP11-V-2009-001403
Vista la demanda y los recaudos anexos a la misma presentada por la ciudadana Vitina Ardizzone Saladino, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 10.520.999, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado, bajo el Nro. 56.384, actuando en su carácter de apoderada judicial de MARSHALL y ASOCIADOS, C. A., este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, emplácese a la sociedad mercantil CONSTRUCTORA UMBRO, C. A., en la persona de su Presidente, ciudadano Pascal Rinaldi Spina, titular de la cédula de identidad número 10.333.950, y a la sociedad mercantil SEGUROS CANARIAS DE VENEZUELA, C. A., en su carácter de fiadora y principal pagadora, en la persona de su representante legal, ciudadano Hugo Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.879, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de la ultima de las citaciones ordenadas se haga, en las horas de despacho, comprendidas entre las 8:00 a.m. y 1:00 p.m., para que den contestación a la demanda, que por Resolución de Contrato y Ejecución de Fianza incoara en su contra la sociedad mercantil MARSHALL Y ASOCIADOS C. A., compúlsense el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia, previa certificación por secretaría. Líbrense compulsas, previo suministro de los fotostátos correspondientes, los cuales deberán ser consignados por la parte actora mediante diligencia. Respecto de la medida preventiva solicitada este Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en el Cuaderno de Medidas que al efecto se ordena abrir y trasladar al mismo copia certificada del libelo de la demanda y sus anexos, previo el suministro de los fotostatos respectivos mediante diligencia.
La Juez
María Rosa Martínez.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
Exp. N° AP11-V-2009-1403
Ángel