REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Jueves Catorce (14) de Enero del año Dos Mil Diez (2010), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada María Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular, Abogada Carmen Alarcón Reaño, del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado Antonio Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 45.021, del representante de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A., y del Perito Avaluador, ciudadanos Carlos Rivas y Alfredo González, identificados con las cédulas de Identidad Nros. V-6.318.092 y V-3.530.123, respectivamente, designados por éste Juzgado quienes estando presentes en este acto aceptaron los cargos y prestaron juramento de ley, y del funcionario de la Policía Metropolitana de Caracas, ciudadano: Gruver Malave, cédula de identidad nro. 11.197.432, placa nro. 8697, adscrito a la División Motorizada en la siguiente dirección: “Un local identificado con el Nº 19 del Minicentro Comercial Candalito, Calle Norte 13, Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador, Distrito Capital”; a objeto de practicar la medida de ENTREGA MATERIAL, decretada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del Juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, sigue Inversiones y Representaciones Jomacer P. C.A; contra Dunia del Carmen Santianello, expediente Nº AH1B-R-2007-000010.- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley, sin ser atendido su llamado por persona alguna.- En este estado el Apoderado Judicial de la Parte Actora, expone: “Por cuanto no se encuentra persona alguna en el inmueble que permita su acceso, solicito del Tribunal designe cerrajero para que abra las puertas a los fines de materializar la medida”.- Es Todo.- Vista la solicitud el Tribunal designa cerrajero al ciudadano: Edwin Esmeral Cupido, Venezolano, mayor de edad e identificado con la cédula de Identidad Nº 16.032.621, quien estando presente aceptó el cargo y prestó juramento de ley; procediendo de seguidas a abrir las puertas del inmueble utilizando medios mecánicos para ello.- Abiertas las puertas por parte del cerrajero designado, en el interior del inmueble, el Tribunal deja constancia que recorridas como fueron todas sus áreas no se encontró persona alguna, solo la existencia de bienes muebles los cuales son inventariados por los Auxiliares de Justicia, en la hoja de Inventario anexa que forma parte integrante de la presente acta.- Acto seguido el Tribunal Ejecutor de Medidas, por cuanto no se ha hecho presente persona alguna que acredite ser propietario de los bienes muebles identificados y avaluados por los Auxiliares de Justicia en la presente acta, se ordena constituir Depósito Necesario del mismo, colocándolo en posesión de la Depositaria Judicial designada La Consolidada C.A, en la persona de su representante Carlos Rivas, antes identificado, quien procede a su retiro al Galpón nro 02, ubicado en la Avenida Principal de Alta Vista, Catia, Municipio Libertador del Distrito Capital; utilizando para su embalaje y traslado el personal obrero y transporte suministrado Camión 7000, placa A79AG0A, conducido por el ciudadano: Héctor Ramón Trompetero, cédula de Identidad Nº 5.757.64.- Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada hace Entrega Material a la Parte Actora, en la persona de su Apoderado Judicial Abogado Antonio Castillo, antes identificado, del siguiente inmueble: “Un local identificado con el Nº 19 del Minicentro Comercial Candalito, Calle Norte 13, Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador, Distrito Capital.”; quien lo recibe conforme en nombre de su representada, con las llaves de sus puertas principales.- Cumplida la presente comisión, se acuerda la devolución de la comisión al Tribunal Comitente, ordenando el regreso a su sede siendo las (11:00 a.m.) - Terminó, se leyó y conformes firman.-
Juez Titular

El Apoderado Judicial
De la Parte Actora

El Representante de la
Depositaria Judicial

El Perito Avaluador

El Funcionario Policial.-


El cerrajero

La Secretaria Titular.



Comisión nro. 2052-09
MCCM/clar.-




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

INVENTARIO FISICO DE BIENES MUEBLES
El presente formato es el anexo ___1__de ___1___ del acta de la medida de _Entrega Material, practicada en fecha _14_ de __Enero del 2.010,
por éste juzgado ejecutor, Comisión N° _2052-09_, realizada por el Perito Avaluador designado: _ALFREDO GONZALEZ , C.I.N° _V-3.530.123.

N° CANT DESCRIPCION VALOR UNIDAD Bs VALOR TOTAL Bs
1 1 Maniquí de cuerpo completo color blanco 10,oo
2 1 Maniquí de medio cuerpo color gris 5,oo
3 1 Una vitrina de color blanco pequeño 25,oo
4 5 Maniquí para franela 5,oo 25,oo
5 1 Un punto de venta marca ingenico color gris 20,oo
6 1 Un mueble de madera de color blanco de 4 puestas 25,oo
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
Total 5,oo 110,oo
El Perito Avaluador La Secretaria La Juez Ejecutora
Ejecutante Ejecutado