ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-003556
PARTE ACTORA: ELSY TOVAR MORALES
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: VICTOR BERMUDEZ
PARTE DEMANDADA: PREESCOLAR CARITAS FELICES C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: EDYS HERNANDEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 27 de enero de 2010, a las 08:15 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano VICTOR BERMUDEZ, abogado ene ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.738, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadana ELSY TOVAR MORALES, plenamente identificada en autos, y la abogado en ejercicio EDYS HERNANDEZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 123.651, en su carácter de apoderada judicial de la demandada, carácter que consta en autos.
Dándose, inicio a la audiencia, seguidamente las partes manifiestan haber llegado al siguiente acuerdo, la parte demandada ofrece cancelar como único pago a la parte actora la cantidad de Bs. 3.911,24 por concepto de diferencia de las prestaciones sociales reclamadas, el cual es pagado el día de hoy mediante cheque no endosable a nombre de Elsy Tovar, del Banco Caroní, emanado de la cuenta corriente N° 01280125432500025106, cuyo titular es el Preescolar caritas Felices C.A., a los fines de dar por concluido el presente juicio. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta la cantidad ofrecida manifestando no tener más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del presente expediente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su correspondiente cierre informático. Se deja constancia que en esta audiencia se le hace entrega a las partes de las pruebas traídas al Juicio, en virtud de la mediación.
Es todo. Terminó y conforme firman:
La Juez
Abg. Gloria García Guzmán
Apoderado parte actora
Apoderado parte demandada
La secretaria
Lisbeth Montes
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