REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE PROTECCIÓN Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 26 de Enero de 2.010
198° y 150°
En el juicio por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentado por la ciudadana YAQUELINE BRIZUELA CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-12.600.386, contra el ciudadano JONATHAN JOSÉ OROPEZA BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-12.122.929, vista el acta que antecede, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento, presentado por la parte actora, en esta misma fecha. En consecuencia oficieses al Jefe de Recursos Humanos de la Empresa Minera Lomas de Niquel C.A., a los fines de dejar sin efecto las medidas decretadas por este Tribunal, en fecha 29 de julio de 2009, según oficio Nº2192/09, de fecha 04-08-2009. Librese oficio.
EL JUEZ TEMPORAL
DR. JOSË OTILIO JUAN HECHT GARCIA LA SECRETARIA,
DRA: JHEYSA ALFONZO
EXP.22.919
JOJHG/JA/pa
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