REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, Martes 26 de Enero del 2010
199º y 150º
ASUNTO: DP11-L- 2008-000316.
PARTE ACTORA: Ciudadana CARMEN RAMONA FAJARDO Vda. DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.743.149.
PARTE DEMANDADA: “ESTACIONAMIENTO DIOSDAN, C.A.”.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto el expediente del juicio por motivo de PRESTACIONES SOCIALES, incoado por CARMEN RAMONA FAJARDO Vda. DE PEREZ, Cédula de Identidad Nro. 3.743.149, en contra de “ESTACIONAMIENTO DIOSDAN, C.A..” , de fecha 24 de Marzo del 2008, signado bajo el Nro DP11-L-2008-000316, contentivo de 80 folios útiles .
Enterada de las Actas procésales, vistas y estudiadas éstas, observa este Tribunal que la presente causa se encuentra PARALIZADA en etapa de EJECUCIÒN DE LA SENTENCIA, ya que del expediente se evidencia que en fecha 15 de Mayo del 2008 fue la ultima actuación de las parte actora.-
De lo anteriormente expuesto, se puede inferir que, efectivamente, en el caso in comento, se evidencia que ni la parte actora, ni la parte demandada han movilizado el presente expediente desde hace más de UN (01) AÑO, por lo que este Tribunal, procede a remitirlo al Archivo Judicial para su EFECTIVO RESGUARDO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los veintiséis días del mes de Enero del Dos Mil Diez .- AÑOS: 199° DE LA INDEPENDENCIA Y 150° DE LA FEDERACIÓN.-
LA JUEZA
VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ
LA SECRETARIA
ABG. MILENE BRICEÑO