En el día hábil de hoy Lunes once (11) de Enero de 2009, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en presente proceso, incoada por la parte actora ciudadana YAMARAS HILDETRIS SANTODOMINGO PARRA, titular de la Cédula de Identidad No. V-12.925.876 contra la “SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCTORA PEDECA C.A Y OPERADORA DEL CENTRO 34 C.A.” Se realizó el anuncio de la presente audiencia en las puertas del Tribunal, encontrándose presente solamente el apoderado Judicial de la parte demandada ciudadano, JOSÉ ALFREO BETANCOURT, titular de la Cédula de Identidad No. 5.555.276, inscrito en el inpreabogado No. 18.537, quien presentó original y copia de poder para la vista y devolución del mismo. SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA, NI POR SI MISMA NI POR APODERADO JUDICIAL EN EL PRESENTE JUICIO. Por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN y EJECUCIÓN DEL TRABAJO en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 199° de Independencia y 150° de Federación. Dándose por cerrado el acto a las 09:20 a.m. del día Martes 0nce (11) de Enero de 2.009. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,

ABG. NAZARET DAMELI BUENO CLARIN


EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,






LA SECRETARIA,


ABOG. BETHSY RAMIREZ