REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

EL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA

EXPEDIENTE Nº 8738-09
SOLICITANTES: JESUS RAMON MAYORA OROPEZA y MARGARITA PEÑALVER, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.098.039 Y V-6.889.703 respectivamente, asistido por el abogado FIDEL OCTAVIO VIERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 136.819.-.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A

Que el escrito que inició estas actuaciones, fue presentado en este Tribunal por Distribución en fecha veintiocho ( 28 ) de Octubre de Dos Mil Nueve ( 2.009 ) y admitida en fecha 29-10-2009, por los ciudadanos JESUS RAMON MAYORA OROPEZA y MARGARITA PEÑALVER, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.098.039 y V-6.889.703 respectivamente, por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, manifestando que desde hace más de Cinco ( 05 ) años están separados, y que de la unión conyugal procrearon Dos (02) hijos, mayor de edad actualmente.-
Este Juzgado pasa a decidir la misma con las siguientes consideraciones:
- I -

En éste procedimiento se le ha dado cumplimiento a los trámites legales señalados, en fecha doce ( 12 ) de Noviembre de Dos Mil Nueve ( 2009 ), se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público, ( folio 08 ).
En diligencia que riela al folio 11, suscrita por la Fiscal del Ministerio Público de fecha treinta ( 30 ) de Noviembre de Dos Mil Nueve ( 2009 ), no realizó objeción alguna.

- II -