REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITANTES: ORLANDO PATIÑO RICO y MORAIMA DEL CARMEN ESCALONA ALVARADO

MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE N°: 10215-09

SENTENCIA DEFINITIVA

En fecha 30 de Octubre de 2009, los Ciudadanos ORLANDO PATIÑO RICO y MORAIMA DEL CARMEN ESCALONA ALVARADO, venezolanos, Mayores de edad, de éste domicilio, Cónyuges, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 10.534.680 y V-7.580.707, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en Ejercicio MARUF ANGELBIS CHAVEN TOVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.449, presentaron escrito de solicitud de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, manifestando que desde hace más de cinco (5) años están separados, y que de la unión conyugal procreamos dos hijos mayores de edad.

Admitida la solicitud en fecha 04 de Noviembre de 2009, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 18 de Enero de 2010, la fiscal observa: Que se encuentran llenos los extremos legales contenidos en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano, por lo que esta Representación Fiscal no tiene objeción a la misma y solicita se dicte le respectiva sentencia.