REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO
DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 26 de enero de 2010.
199° y 150°


ASUNTO: DP11-R-2009-000281

PARTE ACTORA: VAGOS INTERNACIONAL, C.A., sociedad mercantil inscrita por inicialmente por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 04 de octubre de 2002, bajo el N° 21, tomo 71-A- Cto, siendo su última modificación registrada en fecha 20 de octubre de 2006, por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Aragua, bajo el N° 13, tomo 81-A.

PARTE DEMANDADA: SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMPRESA VAGOS INTERNACIONAL, (SINBOLITRAVAINTER) Y VAGOS, INTERNACIONAL, C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Abogada YAMELIS PORTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.384

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: YRLANDA ESTEVEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.846.

MOTIVO: RECURSO DE APELACION.-

En el día de hoy 26 de enero de 2010, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Parte prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con motivo del recurso de apelación que fue interpuesto por la Abogado YRLANDA ESTEVEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.846, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la decisión publicada en fecha 12 de agosto de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Se anunció el Acto a las puertas del Tribunal, estando presentes el Ciudadano Juez Superior Dr. José Felipe Montes Navas, la Secretaria Abogada Lisenka Castillo y el Alguacil Héctor Perdomo, se declaró abierto el Acto. Seguidamente la Secretaria deja constancia de la comparecencia de la parte actora, así como de la incomparecencia de la parte demandada, hoy recurrente, quien no se hizo presente ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. En virtud de la Incomparecencia de la parte demandada y recurrente en apelación a la audiencia oral de parte pautada para este día a las 9:30 a.m.; este Tribunal declara: DESISTIDO, el recurso ejercido contra la decisión indicada supra; remítase el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de este Circuito Judicial, a los fines de su distribución entre los distintos Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, para que se proceda a la ejecución de la sentencia proferida en fecha 12 de agosto de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, la cual quedó confirmada, dada la decisión contenida en la presente acta. Todo ello de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el Artículo 166 ejusdem. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman.

EL JUEZ SUPERIOR,

DR. JOSÉ FELIPE MONTES NAVAS.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA.

LA SECRETARIA,
ABOG. LISENKA CASTILLO.

JFMN/LC.