REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 19 de enero de 2010
199º y 150º

Asunto: DP11-L-2009-001474

PARTE ACTORA: ciudadano GUSTAVO JOSE HERNANDEZ ESPIDEA, titular de la cedula de identidad No. 9.438.805

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ENEIDA VASQUEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61.356

PARTE DEMANDADA: DESARROLLO HABITACIÓN EL MACARO C.A

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: EVELYN ROSARIO PALACIO abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 63.083

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


Se homologa el desistimiento efectuado el día 15 de enero 2010 en la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA EN EL PRESENTE JUICIO, igualmente compareció la parte demandada DESARROLLO HABITACIÓN EL MACARO C.A representada por la abogada en ejercicio EVELYN ROSARIO PALACIO, quien comparece en representación de la empresa demandada. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez

Maria Elena Bravo Rico

La Secretaria
Mariana Rangel Mendoza