En el día de hoy 14 de Enero de 2010, siendo las 09:20 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparece en su condición de parte oferida la ciudadana MARITZA RONDON, titular de la Cédula de Identidad N° 12.339.292, debidamente asistida por la Procuradora de los Trabajadores Abogada MAYERLING MALDONADO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.199.663, I.P.S.A. Nro. 94.513, igualmente arriba identificada, se deja constancia de la comparecencia de la parte oferente, en la persona de la apoderada Judicial Abogada ESPERANZA CLARET MUÑOZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.940.454, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 106.215, tal como consta en autos en los folios desde el tres (03) hasta el seis (06) ambos folios inclusive. En éste estado la ciudadana Jueza declara abierto el acto, donde se le pregunta a la parte oferida si esta conforme con la cantidad consignada por la empresa oferente CD SOLUTION C.A., a lo que la parte oferida responde con la debida asesoría jurídica de la procuradora de los trabajadores supra identificada, que si esta conforme y en consecuencia acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la oferente no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio. Por lo que este Tribunal ordena a la Oficina de Control de Consignaciones la entrega de la Libreta de ahorros aperturada a los fines de consignar el cheque de la cantidad oferida TRES MIL SETECIENTOS QUINCE BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. F. 3.715,00), así como los intereses que hayan generado, por lo que se ordena librar oficio para que se cumpla con lo aquí ordenado. Se deja constancia que en el Libelo de demanda hubo un error con el numero de cédula de la oferida, cuando lo correcto es: Cédula de Identidad N° 12.339.292, es por lo que éste tribunal una vez verificado y revisada la cédula y el nombre de la oferida, se corrige dicho error involuntario en la presente acta y se ordena a la entidad bancaria donde se aperturó la cuenta de ahorro a hacer la corrección administrativa correspondiente, para que de forma libre y sin obstáculos pueda la ciudadana MARITZA RONDON, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, y titular de la Cédula de Identidad N° 12.339.292, hacer uso de la cantidad depositada a su favor, así como de los intereses que se han generado hasta la presente fecha.
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