REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 23 de Febrero de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-003889
ASUNTO : NP01-P-2009-003889

AUTO DE APERTURA DE JUICIO

Debido a la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público seguido al acusado JOSE ANTONIO PINTO es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:

Identificación del Acusado

JOSÉ ANTONIO PINTO, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.288.727, fecha de nacimiento 12-09-1966, de 42 años de edad, grado de instrucción Sexto grado de Primaria, Estado Civil: Soltero, hijo de: LUISA PINTO (V) y JOSÉ CHACON (V), domiciliado, Urbanización Doña Menca de Leoni Calle 09, Barrio San Maturín Casa Nº 23, Maturín, Estado Monagas, debidamente asistido por el profesional del derecho José Gregorio Suárez.

De los Hechos y Motivos

“El día 11 de Agosto de 2009, aproximadamente a las 06:30 horas de la mañana, los funcionaros ORANGEL SOLORZANO, DETECTIVES MIRVIA PEREIRA, MARY CHACON, CABO SEGUNDO (PEM) PEDRO CABELLO, y AGENTE (POLIMAT) JOSÉ MUNDARAYN adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Maturín, se trasladaron en comisión hasta la calle El Esfuerzo, casa sin numero, Sector Doña Menca de esta ciudad, a fin de darle cumplimiento a una Orden de allanamiento signada con el número NP01-P-2009-003789, emanada del Juzgado Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Estado Monagas, una vez en la referida dirección y en presencia de los testigos BENIGNO RAFAEL FLORES y HENRRY RAFAEL DIAZ RENGEL, los funcionarios hicieron varios llamados a la residencia logrando escuchar una voz de sexo masculino, quien se negaba a permitir el acceso de la comisión policial al inmueble, razón por la cual los funcionarios utilizaron la fuerza física para ingresar, y una vez dentro del inmueble observaron al ciudadano JOSE ANTONIO PINTO y dos adolescentes quienes emprendieron veloz carrera hacía la parte posterior del inmueble, donde fueron interceptados, logrando neutralizarlos mediante el uso de esposas, procediendo a practicarles una revisión corporal a tenor de lo dispuesto en el artículo 205 del Código Orgánico Procesal Penal, no logrando incautarle ninguna evidencia adherida al cuerpo, procediendo a iniciar la revisión del inmueble en presencia de los testigos, incautando en una de las habitaciones sesenta y nueve (69) envoltorios elaborados en material sintético de color negro atados en sus extremos con hilo de coser color blanco, contentivo en su interior de una sustancia en polvo de color blanco, presuntamente droga de la denominada cocaína, una (01) bolsa de material sintético transparente contentivo de seis (06) fragmentos de tamaño mediano color amarillento de presunta droga denominada Crack, dos (02) bolsas de tamaño mediano contentivas de una sustancia en polvo de color blanco de presuntamente bicarbonato, dos tijeras, dos hojillas, una balanza marca “CE” color gris, un rollo de papel aluminio, un envase metal contentivo de la cantidad de doscientos cuarenta y dos bolívares fuertes en billetes de diferentes denominaciones de libre circulación nacional, un arma de fuego tipo escopeta marca Maverick, calibre 12, serial MV73773E y dos cartuchos del mismo calibre, de igual forma le fue incautado el vehículo marca FORD, modelo FIESTA POWER, color BLANCO, clase AUTOMOVIL, tipo SEDAN, año 2007, placas AFZ-54W, evidenciando que el arma se encuentra solicitada según expediente F-224.243, de fecha 26-10-98, por el delito de Hurto, procediendo a su aprehensión.”


Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica

Se admito totalmente la acusación presentada por parte del Fiscal Sexto del Ministerio Público ABG. RODOLFO SEEKATZ ROJAS, en contra del ciudadano JOSE ANTONIO PINTO, por la presunta comisión de los delitos de Trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en su modalidad de Distribución, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Aprovechamiento de cosas provenientes del delito, previstos y sancionados en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, artículo 277 y 470 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano.

Pruebas Admitidas
Se admiten totalmente las pruebas presentadas por parte de la Vindicta Pública, por haber sido obtenida de forma lícita y son útiles, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Público para el esclarecimiento de los hechos y la búsqueda de la verdad. Debido al Principio de la Comunidad de la Prueba la defensa las hace suyas en cuanto le favorezcan a su representado


Orden de Abrir el Juicio Oral y Público

Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 330 ordinal 2° y 331 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, contra del acusado JOSE ANTONIO PINTO, por la presunta comisión de los delitos de trafico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en su modalidad de Distribución, Porte Ilícito de Arma de Afuera y Aprovechamiento de cosas provenientes del delito, previstos y sancionados en el artículo 31 de la Ley Orgásmico contra el Tráfico y consumo ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, en el artículo 277 del Código Penal Venezolano, y 470 ejusdem, en perjuicio de l Esto Venezolano.


Emplazamiento a las partes

Se emplaza a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurran ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.

Instrucción al Secretario
Se instruye a la Secretaria de remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalia Sexta del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal.
LA JUEZA,


ABG. ANA FLORINDA ALEN GUATARAMA



EL SECRETARIO


Abg. LIBERARCE ARTIGAS OLIVEROS