REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL-BIENES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION SUR ORIENTAL.
Maturín, 02 de febrero de 2010
199º y 150º


Visto la Querella Funcionarial (Nulidad de Acto Administrativo), recibida en fecha 16 de noviembre de 2009; incoado por la ciudadana LILIBETH DEL VALLE LAREZ OJEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.012.715, asistida en este acto por la abogada, SORAYA HERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 22.822, contra el Decreto N° ABMP-N°-008/06-2009, de fecha 22 de junio de 2009, emanado de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO PUNCERES DEL ESTADO MONAGAS; en este sentido visto que no se encuentran presente las causales de Inadmisibilidad en el presente caso, este Tribunal la Admite, cuanto a lugar en derecho se refiere.
En consecuencia, se ordena emplazar al Sindico Procurador Municipal del Municipio Punceres del estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el articulo 152 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal, en concordancia con el articulo 98 de la Ley Orgánica de la Administración Publica, para que comparezca por ante éste juzgado a dar contestación a la querella, dentro del plazo de quince (15) días de despacho, siguiente a que conste en auto su citación, mas (01) día calendario que se le concede como termino de la distancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, los cuales comenzaran a transcurrir, vencido que sea el lapso establecido en el articulo ut supra señalado.
Igualmente se acuerda solicitarle la remisión a éste Juzgado de los Antecedentes Administrativos del caso en un plazo que no deberá exceder de Ocho (08) días de despacho; contados a partir de la fecha de recibo de la presente comunicación.
Remítase copia certificada de la querella y todos sus anexos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Igualmente se ordena notificarle al Alcalde del Municipio Punceres del Estado Monagas, contados a partir de la fecha de recibo de la presente comunicación. Líbrense oficios. Cúmplase con lo ordenado.
La Jueza Provisoria,

SILVIA J ESPINOZA SALAZAR
La Secretaria,

Mary J Cáceres Ynfante.
















SJVES/MJC/JFJ
Exp. N° 3982.