N° de Expediente: NP11-L-2009-001813
PARTE ACTORA: RICHARD KALLOO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.782.643 y de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: YESID RUIZ Y OTROS, inscritos en el IPSA, bajo el número 114.481
PARTE DEMANDADA: MULTIPLES, C.A.
APOEDRADO DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO SIFONTES, inscrito en el IPSA, bajo el número 87.168
MOTIVO: INDEMNIZACION POR RETARDO EN EL PAGO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS INDEMNIZACIONES POR DESPIDO INJUSTIFICADO, DIFERENCIA DE LA INDEMNIZACION SUSTITUTIVA DE PREAVISO PAGADAS POR EL PATRONO
En el día hábil de hoy, primero (01) de febrero de año dos mil diez (2010), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, en este acto asistió el Apoderado Judicial de la empresa Abg. PEDRO SIFONTES y por la no asistencia del demandante, ni por si ni por medio de Apoderado alguno, por la NO COMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en este acto este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, verificada la no comparecencia de la parte demandante, se procede a dictar Sentencia conforme a dicha incomparecencia. En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Se hace del conocimiento a las partes que deben anunciar o consignar las pruebas que consideren pertinente para demostrar su incomparecencia a la Audiencia Preliminar, dentro del lapso legal para interponer el Recurso que haya lugar. Es todo, siendo las 09:00 de la mañana, copia del poder, previa verificación con el original.
EL JUEZ PROVISORIO.
Abg. JOSÉ L. ADRIÁN MATA.
LA SECRETARIA
Abg.
LOS COMPARECIENTES.
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