REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (3) de febrero de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO : AP21-L-2009-005388


Visto la transacción presentada en fecha 27 de enero de 2010, por una parte, el abogado en ejercicio FRANCISCO NAVAS. IPSA Nro. 15.444, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en el presente juicio por concepto de Cobro de prestaciones sociales, y por la otra parte, el abogado en ejercicio NELSON GONZALEZ, I.P.S.A. Nro. 30.400, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada: HISPANA DE SEGUROS,C.A., mediante el cual, una vez iniciada la Audiencia Preliminar, celebran transacción en donde la parte demandada cancela a la demandante la suma de Bs. 100.000,00; este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en el Instrumento Poder otorgado a los referidos profesionales del derecho, y por cuanto la Transacción celebrada, contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de la trabajadora, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y por cuanto LA MEDIACION HA SIDO POSITIVA, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo homologa el acuerdo de las partes, dándole efectos de Cosa Juzgada.
La Jueza


Abg. Olga Romero

La Secretaria

Abg. Lorena Guilarte