REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.-
Caracas, veintitrés (23) de febrero de dos mil diez.-
199º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2009-005031.-
Visto el escrito de Transacción presentado por las partes, de fecha 11 de Febrero de 2010, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, la cual cursa a los folios 25 al 29; este Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de ejecución, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto es por Bs. VEINTITRES MIL BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (23.000,00); de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante, el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez se cumpla con el segundo y último pago acordado, se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial.-
LA JUEZ
ABG. MILAGROS JIMÉNEZ
LA SECRETARIA
ABG. YRMA ROMERO
MJ/YR/ana.