REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Sala de Juicio Nº 13
Caracas 17 de febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2010-000638

Vista las anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal por la ciudadana ZULAY COROMOTO MORGADO DE VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V-6.049.305, debidamente asistida por la abogada YRINA A. GUTIERREZ PERAZA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 87.805, quien actuando en nombre y en representación de sus hijos SE OMITE LA IDENTIFICACION, de quince (15) y de trece (13) años de edad, respectivamente, hijos del ciudadano FRANCISCO ALBERTO VILLEGAS, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.130.547, fallecido en fecha 12 de diciembre de 2009. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano FRANCISCO ALBERTO VILLEGAS, antes identificado, a sus hijos SE OMITE LA IDENTIFICACION y a la ciudadana ZULAY COROMOTO MORGADO DE VILLEGAS, beneficiarios de la de cujus ciudadano FRANCISCO ALBERTO VILLEGAS. Cumplidas las presente actuaciones se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P) para devolver original con sus resultas a la parte solicitante y copias certificadas. Cúmplase
La Juez
La Secretaria

Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren

Abg. Sally Guerrero


JQA/SG/jherry
AP51-S-2010-000638