REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XV
Caracas, Tres (03) de Febrero de dos mil diez (2010)
Años: 199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2010-000239

Vista la solicitud presentada por la ciudadana MIRIAM GONZALEZ CARDENAS inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.891 actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LEOPOLDO RAFAEL SANABRIA RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.878.590, actuando en su carácter de padre y representante legal de sus hijos (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), así como la aceptación y juramentación hecha por la Curadora Ad-Hoc designada, ciudadana GRACIELA RAMOS ELIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-2.942.582 en beneficio de los niños de autos. Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. Expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese al solicitante. De igual modo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ

LA SECRETARIA,


ABG. CIOLIS MOJICA

YCH/CM/Yvette
Motivo: Cúratela.
AP51-S-2010-000239