Visto el convenimiento que antecede, de fecha 10 de Febrero de 2010, presentado y suscrito por el ciudadano José Mena, titular de la cédula de identidad N° E-80.337.837 parte demandada, debidamente asistido por el abogado Alfredo Hossne, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.305, por una parte y por el ciudadano Joao Marques, titular de la cédula de identidad N° 6.248.265 parte actora, debidamente asistido por el abogado Manuel Seva, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 50.771; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN, al convenimiento, procediéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
EL JUEZ,
Dr. JOSÉ EMILIO CARTAÑA ISACH.
LA SECRETARIA,
ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.
JECI/IMCR/yosmar
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