REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, a los 11 días del mes de Febrero del año dos mil diez (2.010).
Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación
Vista la diligencia cursante al folio 318 de la primera pieza de este expediente, presentada en fecha 4 de los corrientes por la ciudadana KAREN GUZMÁN SUÁREZ, Abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 129.854, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita la citación por carteles de la parte demandada; este Tribunal observa que de la revisión efectuada a las actas que conforman este expediente se pudo determinar que en fecha 9 de Noviembre de 2.009, compareció el Alguacil Douglas Vejar Bastidas presentó consignando recibos de citación sin firmar y dejó constancia de haber entregado compulsas de citación a los ciudadanos EUDO MIGUEL JIMENEZ RUMBO, FREDDY ALBERTO BARBOZA CORREDOR, ANA VICTORIA SILVA LIZARAZO, PETRA MAXIMINA GONZÁLEZ DE GUILLAUME y NANCY MOGOLLON DE PEÑA; en consecuencia se NIEGA la citación por carteles de dichos demandados por no haberse cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se observa que en fecha 19 de Enero de 2.010, compareció el Alguacil Douglas Vejar Bastidas consignó compulsas y recibos de citación dejando constancia de no haber podido practicar la citación personal de los ciudadanos HEBER JOSÉ MARTÍNEZ RIOS, CARMEN CECILIA GUANAY RODRÍGUEZ, JOSE ANTONIO MARQUEZ CABARCAS, NELSON RAMÍREZ GENATIO, ADULFO ENRIQUE MILIAN, ELENA RIJO, ALEXANDER JOSÑE VERGARA, NARCISO ANTONIO PALACIOS y FRANKLIN EDUARDO ROSADO RUMBO; este Tribunal a los fines de practicar dicha citación y en conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, ordena la citación de la parte demandada ciudadanos HEBER JOSÉ MARTÍNEZ RIOS, CARMEN CECILIA GUANAY RODRÍGUEZ, JOSE ANTONIO MARQUEZ CABARCAS, NELSON RAMÍREZ GENATIO, ADULFO ENRIQUE MILIAN, ELENA RIJO, ALEXANDER JOSÑE VERGARA, NARCISO ANTONIO PALACIOS y FRANKLIN EDUARDO ROSADO RUMBO, venezolanos y extranjero, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.427.245, V-6.869.822, V-22.758.552, V-649.392, V-15.374.438, V-23.682.625, V-12.202.387, V-2.336.919 y E-83.903.031, respectivamente, a objeto de que comparezcan por ante este Tribunal, en horas de despacho las cuales se cambiaron provisionalmente de 8:00 a.m. a 1:00 p.m, en virtud a la Resolución Nº 2010-0001, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 14 de Enero de 2.010, dentro de los QUINCE (15) días continuos siguientes a la publicación por la prensa, fijación y consignación del cartel a librar, a objeto de que se den por citados, sin importar el orden de los mismos. El cartel a librar será publicado en dimensiones que faciliten su lectura en los Diarios “EL UNIVERSAL y ÚLTIMAS NOTICIAS” con el intervalo de Ley, con la advertencia que de no comparecer el demandado en el lapso antes mencionados se les designará defensor judicial con quien se entenderán de su citación, conforme a la norma antes citada; se deberán consignar las publicaciones en el expediente respectivo dentro de los TREINTA (30) días continuos siguientes a la fecha de expedición que del cartel se haga, so pena de tenerse sin valor alguno pasado que sea dicho lapso, en conformidad con el artículo 7 del Código de Procedimiento Civil.
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