N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.009-1304
PARTE ACTORA: Ciudadano, LEONARDO FRANCO, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad n° 13.748.377.
APODERADO JUDICIAL: Abogado JOSE L ABREU y otros, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 124.543
PARTE DEMANDADA: SOLDAMA, C.A.
APODERADO JUDICIAL: Abogados AQUILES LOPEZ BOLIVAR, inscritos en los Inpreabogado bajo el N° 100.688.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En horas de despacho del día de hoy, doce (12) de febrero de dos mil diez (2010), se presentaron ante el Juzgado por una parte, el ciudadano LEONARDO FRANCO, parte actora en este proceso, asistido por el Abg. JOSE ABREU, y por la otra el Abg. AQUILES LOPEZ, quienes solicitaron se realizara audiencia conciliatoria por cuanto han logrado un acuerdo haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflicto, por lo que solicitan se levante acta al efecto; el Tribunal vista la solicitud, por cuanto no es contraria a derecho acuerda de conformidad, en consecuencia se deja constancia del acuerdo alcanzado el cual es del siguiente tenor: La parte patronal ofrece pagarle al actor, la suma de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 10.000,00), por todos y cada uno de los conceptos explanados en el libelo de la demanda, indicando que el pago de éste monto se hará siguiente manera: un primer pago en este acto por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.f. 5.000,00), a través de cheque cuya copia se anexará a la presente acta, y un segundo y último pago por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.f. 5.000,00), que se efectuará en fecha 01 de marzo de 2010; el actor previa consulta con su abogado asistente manifiesta su conformidad con el monto ofrecido y la forma de pago señalado, e indica que nada más tiene a reclamar a la demandada por la relación laboral que los vínculo. El Tribunal verificados los extremos de Ley, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, homologa el acuerdo alcanzado, dándole efectos de COSA JUZGADA, pero se ordenará el archivo del expediente una vez que conste en autos el cumplimiento de lo aquí acordado. En este estado las partes solicitan se les expidan copias certificadas de la presente acta a los fines de su exclusivo interés. El Tribunal acuerda de conformidad.
La Jueza Titular.
Abg. Ana Beatriz Palacios González El Secretario
El Actor y su Abogado Asistente.
EL Apoderado judicial de la empresa demandada.
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