REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, viernes veintiséis (26) de Febrero del dos mil diez (2010)
199º y 150º
Nº DE EXPEDIENTE: DP31-L-2009-0000294
PARTE ACTORA: ciudadano CARLOS MANUEL ALMEIDA, JOSE LUIS VALLEJO, EFRAIN ANTONIO MADERA, titulares de la cedula de identidad Nº 12.512.473, 8.888.864, 6.268.800.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abg. YOLAIMY PINEDA inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 101.515
PARTE DEMANDADA: FLETE SIDERURGICOS C.A Y TRANSPORTE DOGUI C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO JULIO HERNANDEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 62.998
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, Viernes veintiséis (26) de Febrero del dos mil diez (2010), siendo el día y hora fijado, para que tenga lugar LA PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto. No compareciendo la parte actora pero si la parte demandada por lo que el tribunal deja expresa constancia de la no comparecencia de la partes actora ni por si, ni por medio de apoderado judicial a la celebración de la prolongación de la Audiencia preliminar, por ello y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDOEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.Es todo. Terminó.
LA JUEZA
Dra. LILIAM PEREZ
PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO
ABG: ARTURO LUIS CALDERON.
LPS/ALC.
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