Maracay, 01 de Febrero de 2010
199º y 150º

ASUNTO: DP11-L-2009-001463
ACTA
PARTE ACTORA: FRANKLIN PEÑALVER, titular de la cédula de identidad Nº V-12.572.004.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: LUIS HUMBERTO SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.938.-
PARTE DEMANDADA: SERAVIAN, C.A-
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: ANGEL VALERIO GOMEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-7.197.006.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: KEMMLY PRADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.061.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-

En el día hábil de hoy, 01 de Febrero de 2010, siendo las 09:30 a.m., comparecen por ante este Tribunal el ciudadano FRANKLIN PEÑALVER, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS HUMBERTO SANCHEZ y de la comparecencia del representante legal de la parte accionada ciudadano ANGEL GOMEZ, en su carácter de Director de Recursos Humanos de la parte accionada, y su apoderada judicial abogada en ejercicio KEMMLY PRADO, según consta de instrumento poder consignado en este acto y que se ordena agregar a los autos, todos supra identificados, quines renuncia al termino para la comparecencia a la Audiencia Preliminar. En este estado la parte accionada SERAVIAN, C.A, ofrece cancelarle a la parte actora ciudadano FRANKLIN PEÑALVER, la suma de CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CATORCE BOLIVARES CON SETENTA Y UN CENTIMOS (Bs. F. 53.914,71), a través de un instrumento bancario a nombre del ciudadano FRANKLIN PEÑALVER, signado con el Nº 16869465, cuenta cliente Nº 01020117950007701276, librado contra el Banco de Venezuela, de fecha 29 de Enero de 2010, por los siguientes conceptos: Prestación de antigüedad, Intereses sobre la Prestación de antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades, indemnización establecida en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, salarios caídos, a los fines de dar por terminado el presente asunto.- En este estado el ciudadano FRANKLIN PEÑALVER, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS HUMBERTO SANCHEZ, declara: “Acepto el ofrecimiento realizado por la parte accionada SERAVIAN, C.A, el cual asciende a la suma de CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CATORCE BOLIVARES CON SETENTA Y UN CENTIMOS (Bs. F. 53.914,71), a través de un instrumento bancario a nombre del ciudadano FRANKLIN PEÑALVER, signado con el Nº 16869465, cuenta cliente Nº 01020117950007701276, librado contra el Banco de Venezuela, de fecha 29 de Enero de 2010, por los siguientes conceptos: Prestación de antigüedad, Intereses sobre la Prestación de antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades, indemnización establecida en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, salarios caídos, a los fines de dar por terminado el presente asunto; Así como también declaro, que en esta forma están satisfechos todos los derechos y acciones que hubieran podido corresponderles de acuerdo con la Ley Orgánica del Trabajo y nada me adeuda por ningún concepto la empresa SERAVIAN, C.A. Seguidamente, este Tribunal visto el acuerdo alcanzado entre la partes en el día de hoy, declara concluido la Audiencia Preliminar y deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de cosa juzgada, y se ordena el cierre y archivo del expediente.- Finalmente el ciudadano Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

DR. JUAN CARLOS BLANCO MUÑOZ

LA PARTE ACTORA Y SU ABOGADO ASISTENTE


EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ACCIONADA Y SU APODERADO JUDICIAL


LA SECRETARIA

ABOG. MILENE BRICEÑO.-