Maracay, 18 de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO: DP11-S-2009-000032
ACTA
PARTE OFERIDA: DEIVYS YOEL GRIMAN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.277.483 y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: LUIS SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.938.-
PARTE OFERENTE: SERAVIAN, C.A.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: KEMMLY PRADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.061.-
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.-

En el día hábil de hoy, 18 de Febrero de 2010, siendo las 12:00 m; comparecen por ante este despacho, la parte oferida ciudadano DEIVYS YOEL GRIMAN, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS SANCHEZ, asimismo, se deja constancia de la comparecencia del Apoderado Judicial de la oferente abogado KEMMLY PRADO , todos ut-supra identificados, a los fines de celebrar la audiencia preliminar especial en el presente asunto.- EL ciudadano Juez declaró abierto el acto e inicio la mediación.- Seguidamente, las partes han decidió dar por terminado el presente procedimiento celebrando acuerdo transaccional en los siguientes términos: La parte oferente SERAVIAN, C.A, ofrece cancelar a la parte oferida ciudadano GRIMAN A. DEIVYS, la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 60.000,00), en este acto a través de instrumento bancario Nº 80001068, cuenta cliente Nº 01160179130010292268, a favor del ciudadano DEIVYS GRIMAN, girado contra el Banco Occidental de Descuento de fecha 11 de Febrero de 2010; este pago se realiza por los siguientes conceptos: Prestación de antigüedad, vacaciones vencidas, bono vacacional vencidas, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, Intereses por prestación de antigüedad, bonificación complemento de prestaciones, salarios caídos, diferencia de salarios, bono nocturno, días feriados, días de descanso, domingos trabajados, bono de alimentación, bono de transporte, indemnización por despido artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo.- En este estado, la parte oferida ciudadano DEIVYS GRIMAN, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS SANCHEZ, DECLARA: “Acepto la oferta hecha por la parte oferente SERAVIAN, C.A, por la suma de SESENTA MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 60.000,00), en este acto a través de instrumento bancario Nº 80001068, cuenta cliente Nº 01160179130010292268, a favor del ciudadano DEIVYS GRIMAN, girado contra el Banco Occidental de Descuento de fecha 11 de Febrero de 2010; este pago se realiza por los siguientes conceptos: Prestación de antigüedad, vacaciones vencidas, bono vacacional vencidas, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, Intereses por prestación de antigüedad, bonificación complemento de prestaciones, salarios caídos, diferencia de salarios, bono nocturno, días feriados, días de descanso, domingos trabajados, bono de alimentación, bono de transporte, indemnización por despido artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo; Así como también declaro en nombre de mi representado, que en esta forma están satisfechos todos los derechos y acciones que hubieran podido corresponderles de acuerdo con la Ley Orgánica del Trabajo en el presente asunto y nada nos adeuda la empresa SERAVIAN, C.A. Igualmente solicitamos a este Tribunal el cierre y archivo del presente asunto.- Seguidamente, este Tribunal visto el acuerdo alcanzado entre la partes en el día de hoy, declara concluido la Audiencia Preliminar Especial y deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de cosa juzgada, y se ordena el cierre y archivo del expediente.- Finalmente el ciudadano Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
ABOG. JUAN CARLOS BLANCO MUÑOZ
EL OFERIDO Y SU ABOGADO ASISTENTE.
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE.-
LA SECRETARIA
ABOG. MILENE BRICEÑO