REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.


SOLICITANTE: LOREDANA COROMOTO GUIDI CHACON
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN
SOLICITUD N°: 478-09.-

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana LOREDANA COROMOTO GUIDI CHACON, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.117.891, debidamente asistida por la Abogada DORIS COROMOTO ROVERSI DE SERGENT, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.666, quien solicitó por ante este Tribunal la Rectificación del Acta de Defunción de su padre, ANTONIO GUIDI TOMBARI, titular de la cedula de numero 243.895 este Despacho observa:
La mencionada Acta corre inserta en los Libros de Defunciones de la Prefectura del Municipio Girardot del Estado Aragua, la cual quedó anotada bajo el N°1.560, Tomo 2 del año 1979. El error denunciado consiste que al asentar el Acta de Defunción del padre de la solicitante, se incurrió en incluir erróneamente a ANA VICENTA CHACÓN TORRES como esposa del de cujus, siendo incorrecto, ya que el mismo no estuvo casado y que de igual forma se incurrió en transcribir erróneamente en el Acta de Defunción, el nombre de su hija, pues siendo el nombre correcto “LOREDANA”; y se asentó: “LORERANA”.
Para efecto probatorio el solicitante consignó los siguientes recaudos:
1. Copia Certificada del Acta de Defunción, expedida por la Prefectura Crespo, Municipio Girardot del Estado Aragua.
2. Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana LOREDANA COROMOTO GUIDI CHACON, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital.
3. Copia Fotostática de la Cédula de Identidad del de Cujus, ANTONIO GUIDI TOMBARI.
4. Constancia expedida por la Dirección de Dactiloscopia y archivo central departamento de datos filiatorios.









Asimismo consta en los autos que la ciudadana ANA VICENTA CHACON TORRES, mayor de edad, con cedula de identidad N° E-396.294, compareció ante este despacho 27/11/2009, manifestando que efectivamente ella no esta casada con el de cujus, por lo que no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta