REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNCIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA

PARTE ACTORA: MANUEL DE GOUVEIA y MARIA JOSE DE ABREU DE GOUVEIA, venezolano el primero y de nacionalidad Portuguesa la segunda, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V-9.430.954 y E-660.500 respectivamente, y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: JORGE DULABANE DULABANE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-603.839, y de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LEONCIO VALERA, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 94.077.
MOTIVO: DESALOJO.
EXPEDIENTE No. 10.270-09.
Se inició el presente juicio, por libelo de demanda presentado por ante el Tribunal distribuidor de turno, correspondiéndole su conocimiento a este Tribunal.
En fecha 25 de Noviembre del 2.009, se admitió la presente causa.
En fecha 12 de Marzo del 2.009, compareció el ciudadano LEONCIO VALERA con el carácter acreditado en autos y desistió del presente proceso.
El Tribunal al respecto observa que el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil establece:
“El demandante podrá limitarse a desistir del procedimiento; pero si el desistimiento se efectuare después del acto de la contestación de la demanda, no tendrá validez sin el consentimiento de la parte contraria”.