LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS “JOSE FELIX RIBAS Y
JOSE RAFAEL REVENGA” DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA-LA VICTORIA
199º Y 150º

Solicitud 3662-09
Solicitantes: HECTOR JOSE MARTINEZ Y OLAIDA NADIRIS RIVAS BARBOZA
Motivo Sentencia de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común (185-A)


En fecha 11 de agosto de 2009, los ciudadanos HECTOR JOSE MARTINEZ Y OLAIDA NADIRIS RIVAS BARBOZA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges y portadores de las cedulas de identidad Nº V- 8.587.901 y V- 8.690.598, respectivamente, asistidos por la abogado RAIZA M. SALAZAR GOITIA, abogado en ejercicio Inscrito en el Inpreabogado Nº 75.169, quienes tenían su domicilio en el sector Sabaneta, calle Alberto carnevalli, Nº 6-1, del El Consejo, Jurisdicción del Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua, presentaron escrito de solicitud de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, y manifestaron que desde hace más cinco (5) años están separados.
Este Tribunal para decidir este Juzgado hace las siguientes consideraciones:
PRIMERO
En este procedimiento, se ha dado cabal cumplimiento a los trámites legales consagrados en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano. El Fiscal del Ministerio Público quien fuera legalmente citado no hizo oposición alguna.