REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA		
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal Primero  de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
 
Maracay,  09 de Febrero de 2010
 
199° y 150°
 
 
ASUNTO: DP11-L-2009-000647   
 
  
 
PARTE ACTORA: Ciudadano YOHNNY JOSE LARA MUÑOZ,  titular  de la Cédula de Identidad No.  13.970.976
 
 
ABOGADOS APODERADO DE LA  PARTE ACTORA:  NO CONSTITUIDO   
 
 
 
PARTE DEMANDADA;  COOPERATIVA MI CUADRILLA  representada por el ciudadano  VICTOR MANUEL MORENO ROJAS  TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD No. 8.735.948 
 
 
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: BERNARDO RAMO MARRUFO   abogados en ejercicio e  inscritos  en el Inpreabogado bajo los No. 41.713  
 
 
 
 
MOTIVO:  CALIFICACIÓN DE DESPIDO
 
 
 
Se homologa el desistimiento ocurrido en audiencia el día de hoy 09 de Febrero de 2010., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar  en el presente juicio, comparece en su condición de parte demandada  COOPERATIVA MI CUADRILLA  representada por el ciudadano  VICTOR MANUEL MORENO ROJAS debidamente asistidos por el abogado BERNARDO RAMO MARRUFO.  Se dejo constancia de la no comparecencia  a esta Audiencia, de la parte  actora, quien no compareció por si ni por apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad   con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley  CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.         Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. 
 
LA JUEZ
 
 
 
DRA. MARIA ELENA BRAVO RICO.
 
 
 
 
 
						
 
	     LA PARTE DEMANDADA  y su ABOGADO ASISITENTE   
 
 
 
 
 
 
                                                                                                  LA SECRETARIA, 
 
 
 
                                                                       Abg.  MARIANA RANGEL MENDOZA  
 
 
 
 
 
  
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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