REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, ocho de febrero de dos mil diez
199ª y150º

ASUNTO: DP11-L-2009-001171

PARTE ACTORA: ciudadana LAURIMAR NIEVES, titular de la cédula de identidad No.16.268.641.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MAGDELINE DURAN, inscritas en el INPREABOGADO bajo el No.131.536.

PARTE DEMANDADA: GRUPO LA 49, C.A

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: KARLA RAMIREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.142.852.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy lunes, en la fecha arriba señalada siendo las 12:00 del mediodía, comparece la ciudadana GISELA CEBALLOS, titular de la cédula de identidad No.5.281.011, actuando en su carácter de administradora de la empresa demandada GRUPO LA 49 C.A, debidamente asistida por la abogada KARLA RAMIREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.142.852, anexa copia de poder de representación y de Registro de Comercio; y por la parte actora la abogada MAGDELINE DURAN, y ambas partes manifiestan su intención de poner fin al presente asunto el cual se encuentra en etapa de ejecución de sentencia, siendo el monto a pagar la cantidad de VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs.28.262,86), más la suma de SETECIENTOS BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.700,00), para el experto contable. En este estado la parte patronal señala su intención de pagar en forma fraccionada la cantidad supra indicada en tres (3) cancelaciones cada una por la cantidad de Bs.9.420,95 en las siguientes fechas 10 de Febrero 2010 y el segundo y tercero el 2 y 22 de marzo 2010, a las 10:30 de la mañana, en actuación conjunta por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial. Los honorarios del experto serán pagados en fecha 2 de marzo 2010, a las 10:30 a.m. La apoderada judicial actora, supra identificada, manifiesta que acepta el monto ofrecido por la parte patronal y la forma de pago.