En el día de hoy 23 de Febrero de 2010, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora el ciudadano DIMAS FLORENCIO ARIAS ALVAREZ, el cual comparece debidamente asistido del abogado en ejercicio DOMINGO ALBERTO DOMINGUEZ, identificado en el encabezamiento de la presente acta. Por la demandada comparece el Abogado ANTONIO FRANCISCO MUÑOZ ANAYA, I.P.S.A. Nro. 13.758, en su carácter de apoderado tal como consta en Poder judicial que agrega a la presente acta en copia simple en cuatro folios útiles, previa presentación de su original. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora para poner fin al presente procedimiento la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 7.000,00), para ser pagado el día jueves 11 de Marzo de 2010, a las 09:00 a.m. en la sede del Tribunal, a través de cheque elaborado a nombre del Trabajador DIMAS FLORENCIO ARIAS ALVAREZ. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por las Vacaciones vencidas y no disfrutadas, por cuanto en audiencia se evidencia que las prestaciones sociales, intereses sobre prestaciones sociales y demás beneficios laborales fueron canceladas. Este Tribunal a los fines de constatar que las Prestaciones Sociales fueron recibidas le mostró las pruebas al actor quien manifestó que era su firma y manifestó que si lo había recibido. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Apoderado Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio.