REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, TRECE DE JULIO DEL DOS MIL DIEZ.


200 º y 151º

Vista la diligencia de fecha 08 de Julio del corriente año, cursante al folio Noventa y Cinco (95) del presente expediente, suscrita por la Abogada MIREYA GUEVARA, de este domicilio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 89.218, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante en la presente causa, donde solicita que se dicten medidas pertinentes a los bienes muebles en vista de que existe la presunción de que el ciudadano GILBERTO JOSE VEGAS CALDERA, para demandada en la presente causa, esta disponiendo de los bienes que pertenecen a la comunidad conyugal, observa este Tribunal de la revisión de las actas procesales que en la presente causa existe cuaderno de medidas, donde se decreta medida de prohibición de enajenar y gravar en fecha 23 de febrero del presente año, sobre inmuebles pertenecientes a la comunidad concubinaria , razón por la cual se Niega dicha solicitud.


DR. ARTURO JOSE LUCES T.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA,

ABOG. YOHISKA MUJICA.

Exp. 31.438
AJLT/ ly.