República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.-
Maturín, 07 de Julio de 2.010.-
200° y 151°

Solicitud Nº 2648-10.-

En fecha 17 de Junio de 2.010, se recibió por ante el Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de esta Circunscripción Judicial, en funciones de distribuidor, la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, realizada por los ciudadanos: NATIVIDAD DE JESÚS RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, LUÍS JOSÉ MARTÍNEZ, ELIZABETH MARIA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, ROBERTO RAFAEL MARTÍNEZ HERNÁNDEZ y DAISY JOSEFINA MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.859.189, 14.859.497, 12.793.619, 10.309.286, 19.663.980 y 13.250.040, y de este domicilio, recayendo por distribución en este Tribunal en esa misma fecha.-

Posteriormente al recibir y revisar el escrito de solicitud, por auto de fecha 22 de Junio del año en curso, se le dio entrada y el curso legal correspondiente. Realizándose las anotaciones pertinentes en el respectivo Libro de Solicitudes, bajo el Nº 2648-10. Asimismo, se le solicitó a los peticionarios que reformaran su escrito de solicitud a los fines de subsanar algunos errores observados por este Juzgado y que consignaran Copia Certificada del Acta de Defunción de la Ciudadana BENILDE MARIA MARTÍNEZ DE RODRÍGUEZ, quien según sus dichos, era su madre; puesto que al verificar los instrumentos que acompañaron su solicitud se constato que no se encuentra dicho recaudo, siendo necesario para el presente tramite de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, la subsanación de los errores indicados al folio catorce (14) y que consignaran dicho recaudo dentro de un lapso perentorio de cinco (05) días de despacho. Todo esto con la finalidad de que este Juzgado pueda verificar la exactitud de lo expresado, y así darle el curso legal correspondiente a la presente petición.-

Al respecto observa este Tribunal que hasta la presente fecha (07/07/10), habiendo transcurrido ocho (08) días de despacho; después de haber sido dictado el despacho saneador respectivo, y los ciudadanos NATIVIDAD DE JESÚS RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, LUÍS JOSÉ MARTÍNEZ, ELIZABETH MARIA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, ROBERTO RAFAEL MARTÍNEZ HERNÁNDEZ y DAISY JOSEFINA MARTÍNEZ, supra identificados, no han comparecido por ante este Juzgado a los fines de consignar lo solicitado en fecha 22 de Junio de 2.010.

Ahora bien, este Tribunal estima que la Copia Certificada del Acta de Defunción de la Ciudadana Benilde Maria Martínez De Rodríguez, es fundamental a los fines de tramitar la presente solicitud, no habiendo la parte interesada consignado dicho recaudo dentro del lapso otorgado por este Tribual a tales fines, no le queda más a este Juzgado que Inadmitir la presente acción, por cuanto no cumple con los requisitos de ley, para su tramitación. Y así se decide.-

En consecuencia de ello, este Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos: NATIVIDAD DE JESÚS RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, LUÍS JOSÉ MARTÍNEZ, ELIZABETH MARIA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, ROBERTO RAFAEL MARTÍNEZ HERNÁNDEZ y DAISY JOSEFINA MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.859.189, 14.859.497, 12.793.619, 10.309.286, 19.663.980 y 13.250.040, y de este domicilio. Y así se decide.-

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia debidamente certificada a los fines indicados en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-

Dado, firmado y sellado, en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los siete (07) días del mes de Julio del año Dos Mil Diez (2.010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Conste.-
LA JUEZ TITULAR,

Abg. ODIELYS HERDE MARCANO.
LA SECRETARIA TITULAR,

En esta misma fecha, se dicto la anterior decisión, a las 11:30 horas de la mañana. Conste.-

LA SECRETARIA TITULAR,
OHM/MPB/Karina G.-
Solicitud. Nº 2648-10