Comisión Nº 05234.
ONEIDA MARIA GOMEZ DEVERA DE CONDALES/ HUGO JOSE CONDALES RODRIGUEZ.
En horas de Despacho del día de hoy 12 de Julio de 2.010, siendo las 9:00 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por la ciudadana ONEIDA MARIA GOMEZ DEVERA DE CONDALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.053.607 , en su carácter de parte demandante, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ANGEL FELIX ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.264, a los fines de practicar las Medidas cautelares de Embargo Preventivo decretadas por el Tribunal comitente: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PROTECCION DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTES DE EL TIGRE, con motivo del juicio de OBLIGACION ALIMENTARIA O MANUTENCION, incoado contra HUGO JOSE CONDALES RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.677.314, y siendo las 10:15 a.m., se constituyó el Tribunal en el Departamento de Recursos Humanos de la empresa N.T.P. SUPLY & SERVICIOS, C.A, ubicado en la Avenida Libertador Edificio Vagheria, piso 1, oficina Nº 1, de esta Ciudad de Maturín, del Estado Monagas.- Presente FRANKYS HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº 10.833.031, en su carácter de GERENTE ADMINISTRATIVO a quien el Tribunal notifico de su misión.- Acto seguido interviene la parte actora y expone solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal, en cumplimiento a lo ordenado por el tribunal comitente se declara embargado preventivamente lo siguiente: PRIMERO: La retención del treinta por ciento (30%) del ingreso mensual que percibe el ciudadano HUGO JOSE CONDALES RODRIGUEZ, las cuales deberán ser remitidas al Tribunal comitente: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PROTECCION DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTES DE EL TIGRE en Cheque de Gerencia, los primeros días de cada mes para ser entregados periódicamente a los niños beneficiarios. SEGUNDO: Medida Preventiva de embargo sobre el treinta por ciento (30%) adicional a la obligación alimentaría, productos de la Utilidades, cajas de ahorro, bonos y cualquier otro emolumento que pudiera corresponderle al ciudadano HUGO JOSE CONDALES RODRIGUEZ. TERCERO: TREINTA Y SEIS (36) MENSUALIDADES FUTURAS, las cuales serán deducidas de las prestaciones sociales, que ha de percibir el obligado en caso de retiro o despido o cancelación de contrato, calculadas en base al treinta por ciento (30%) del salario integral mensual del obligado, las cuales deben ser remitidas en cheque de gerencia a nombre del Tribunal comitente: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PROTECCION DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTES DE EL TIGRE, en su debida oportunidad. Todas las cantidades una vez deducidas deberán ser remitidas al Tribunal comitente: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PROTECCION DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTES DE EL TIGRE mediante cheque de Gerencia. Sin más diligencias que practicar el Tribunal da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Es todo: Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 11:50 a.m.-
La Juez Temporal,
La parte demandante y abogado asistente

La persona Notificada,

La Secretaria