PROLONGACIÓN DE PRELIMINAR


ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2009-001241
PARTE ACTORA: NELLYS GARCIA, LUSVENIA GONZALEZ, BELKYS JIMENEZ Y JESÚS NAVARRO, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad N°. V- 14.552.263, 18.415.821, 11.775.086 Y 18.188.792.
ABOGADOS ASISTENTES Y/O APODERADOS (AS) DE LA PARTE ACTORA: YANITZA SANCHEZ Y GABRIELA VALLADARES en ejercicio de este domicilio e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los N° 56.481. y 114.092
PARTE DEMANDADA: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA.
ABOGADO (A) APODERADO (A) DE LA PARTE DEMANDADA: DIANA ROJAS, MARÍA EUGENIA TORÍN Y JOSÉ RAFAEL GUZMAN abogado, en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 51.267, 121.719. Y 130.544

Siendo las NUEVE de la mañana (09:00 A.m.) del día de hoy 23 de JULIO de 2010 día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar, se deja constancia que las partes suscribieron diligencia de fecha 15 de Julio de 2010, mediante la cual los ciudadanos NELLYS GARCIA, BELKYS JIMENEZ Y JESÚS NAVARRO aceptaron un pago de parte del ente demandado, así mismo solicitan el desistimiento de la acción y del proceso, estando en la oportunidad para pronunciarse este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante a la celebración de la audiencia preliminar ni por sí ni por medio de apoderado, lo que evidencia la falta de interés en el presente asunto en tal sentido. En Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley declara: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DECLARA TERMINADO EL PROCESO. Así mismo se deja constancia de la asistencia del abogado JOSÉ RAFAEL GUZMAN apoderada de la empresa demandada.

EL JUEZ

ABOG. VICTOR ELIAS BRITO GARCIA
LA SECRETARIA


LOS PRESENTES