ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-006653
PARTE ACTORA: ANA VICTORIA MESA ALBILLANEDA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: WILLIAN EDUARDO PEREZ y ANTONIO JOSE HERNANDEZ
PARTE DEMANDADA: BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: NORIS MARINA GARCIA
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS

Hoy, doce (12) de julio de dos mil diez (2010), siendo las 03:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece por ante este Despacho, la Abogada NORIS MARINA GARCIA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 86.733, en su condición de apoderada judicial de la empresa demandada BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A. En este estado, el Tribunal deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana MESA ALBILLAÑEDA ANA VICTORIA, titular de la cédula de identidad N° 8.988.304, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo se deja constancia que las pruebas presentadas al inicio de la audiencia preliminar, serán devueltas a las partes, firme como haya quedado la presente decisión. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.
EL JUEZ
ABG. ALCY SALAZAR LOZADA LA PARTE DEMANDADA




LA SECRETARIA
ABG. LISBETH MONTES