REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 13 de Julio de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AH11-V-1999-000051

Vista la diligencia suscrita por el abogado JUAN J. MORENO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.789, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA JOSEFINA ALONZO, mediante la cual ratifica sus pedimentos de que se deje sin efecto la medida de prohibición de enajenar y gravar, el Tribunal definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, de fecha 13-3-2009, que declaró sin lugar la demanda, ordena suspender la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, participada al Registro Subalterno en fecha 18 de julio de 2000, mediante oficio Nro 1238, la cual recayera sobre el siguiente bien inmueble: “apartamento distinguido con el Nro 1405, piso 14, del edificio “El Baúl”, del Conjunto Residencial Managua, Terraza ¡, de la Urbanización José Antonio Páez (UD-4) ubicado en la Parroquia Caricuao del Municipio Libertador del Distrito Federal, el cual tiene una superficie aproximada de 95,90 mts2, alinderado así: Norte: con la pared norte del edificio; Sur: Con parte de la Fachada este del edificio, pasillo y ascensor; Este: Con pared ese del edificio y Oeste: con apartamento 1404”.- Dicho apartamento pertenece a la parte demandada según documento registrado ante la Oficina Subalterna de Registro del Tercer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Federal, hoy Capital, bajo el Nro 26, Tomo 28 de fecha 10 de junio de 1.999, protocolo primero.- Para lo cual se ordena librar el respectivo oficio de participación.- Cúmplase.-
La Juez
María Rosa Martínez Catalán.-
La Secretaria

Norka Cobis Ramírez.-









En esta misma fecha se libró oficio Nro ______
La Secretaria.-








Hora de Emisión: 9:09 AM
Asistente que realizo la actuación: jaime
Nro Antiguo 33727.-


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 13 de Julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AH11-V-1999-000051
Oficio Nº
Ciudadano:
Registrador Subalterno de Registro del Tercer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital).-
Su Despacho.-
Me es grato dirigirme a usted con ocasión al juicio por Cumplimiento de Contrato siguen los ciudadanos Severino Beltrán Villalba, Dionicia Elena Rodríguez de Villalba y Jovito Villalba Guilarte, se le participa que este juzgado por auto de esta misma fecha, suspendió la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 25-04-2000, participada a usted mediante oficio Nro 1238, de fecha 26 de julio de 2000, sobre el siguiente inmueble: : “apartamento distinguido con el Nro 1405, piso 14, del edificio “El Baúl”, del Conjunto Residencial Managua, Terraza ¡, de la Urbanización José Antonio Páez (UD-4) ubicado en la Parroquia Caricuao del Municipio Libertador del Distrito Federal, el cual tiene una superficie aproximada de 95,90 mts2, alinderado así: Norte: con la pared norte del edificio; Sur: Con parte de la Fachada este del edificio, pasillo y ascensor; Este: Con pared ese del edificio y Oeste: con apartamento 1404.-
Dicho apartamento pertenece a la parte demandada según documento registrado ante la Oficina Subalterna de Registro del Tercer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Federal, hoy Capital, bajo el Nro 26, Tomo 28 de fecha 10 de junio de 1.999, protocolo primero.-
La Juez

María Rosa Martínez Catalán.-


Hora de Emisión: 9:09 AM
Asistente que realizo la actuación: jaime
Nro Antiguo 33727.-