REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, ( 26) de Julio de dos mil diez.
200° y 151°
Vista la transacción celebrada entre las partes en fecha 01/07/2010, cursante a los folios 44 al 47 del presente expediente, mediante la cual solicitan se le imparta su homologación, y por cuanto el Tribunal observa que la misma versa sobre materia en la cual no está prohibida la transacción, le imparte su aprobación y en consecuencia HOMOLOGA la misma en los términos expuestos, entre las partes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ TITULAR
RENAN JOSÉ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
Abog. WALID JOSEPH YOUNES M.
EXP. N° AP31-V-2010-001760
RJG/WJYM/josech