REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, (06) de julio de dos mil diez.- (2010)
200° y 151°
Vista la transacción celebrada entre las partes por ante la Notaria Pública Trigésima Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 22/06/2010, cursante a los folios 19 al 22, mediante la cual solicitan su homologación a la misma, y por cuanto el Tribunal observa que versa sobre materia en la cual no está prohibida la transacción, le imparte su aprobación y en consecuencia HOMOLOGA la misma en los términos expuestos, entre las partes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ TITULAR
RENAN JOSE GONZALEZ
EL SECRETARIO
WALID JOSEPH YOUNES M
EXP. Nº AP31-V-2010-002211
RJG/WJYM/JP