REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, treinta (30) de julio de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-L- 2009-003332
IDENTIFICACION DE LAS PARTES Y DE SUS APODERADOS
PARTE ACTORA: IGNACIO JOSE TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.922.663
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: PATRICIA ZAMBRANO, ANA DIAZ, SUSANA ISIS RINCON ALBORNOZ, SORAIMA SOLORZANO, ANASTASIA RODRÍGUEZ, CLAUDIA CASTRO, GREYSI CORONIL, ADJANY PALACIOS, ANTONIO MEDINA, ZULAY PIÑANGO, LEONARDO GARCÍA, MARÍA CAZORLA y ISABEL RICO, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 51.384, 76.626, 52.393, 71.354, 88.222, 76.601, 118.524, 125.513, 123.640, 87.605, 119.922, 129.290 y 70.606 respectivamente.
PARTE CODEMANDADA: CORPORACIÓN FIR C.A., CORPORACIÓN OGI C.A. y CORPORACIÓN AS SEEN ON TV, la primera inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 2 de septiembre de 2002, bajo el Nro. 26, Tomo 62-A, la segunda Inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 17 de junio de 2003, bajo el Nro. 73, Tomo 35-A-Cto, y la Ultima Inscrita en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 19 de junio de 1997, bajo el Nro. 91, Tomo 125-A Qto
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE CODEMANDADA: ZAIDA MARGARITA TORRES SIMANCAS, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 23.310
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
HOMOLOGACION DE TRANSACCIÓN
ANTECEDENTES
Se inicia el presente el juicio que por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales que intentara el ciudadano IGNACIO JOSE TORRES contra las sociedades CORPORACIÓN FIR C.A., CORPORACIÓN OGI C.A. y CORPORACIÓN AS SEEN ON TV, la primera inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 2 de septiembre de 2002, bajo el Nro. 26, Tomo 62-A, la segunda Inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 17 de junio de 2003, bajo el Nro. 73, Tomo 35-A-Cto, y la Ultima Inscrita en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 19 de junio de 1997, bajo el Nro. 91, Tomo 125-A Qto, siendo admitida por auto de fecha 3 de julio de 2009, por el Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en el cual se ordenó el emplazamiento de la parte codemandada a objeto de la celebración de la Audiencia Preliminar. En fecha 4 de agosto de 2009, se celebro dicha audiencia preliminar, por ante el Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, siendo su ultima prolongación en fecha 11 de enero de 2010. Ahora bien, no obstante que el Juez trató de mediar personalmente las posiciones de las partes, éstas no llegaron al advenimiento, por lo que se declaró concluida la Audiencia Preliminar. en consecuencia, se agregaron las pruebas de las partes, se ordenó remitir el expediente a los Juzgados de Juicio, correspondiendo conocer la causa por Distribución a este Tribunal, quien suscribe, por auto de fecha 27 de enero de 2010, procedió a dar por recibida la presente causa, en fecha 04 de febrero de 2010 se admitieron las pruebas promovidas de las partes. Y por auto de esa misma fecha, se fijó oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio para el día 11 de marzo de 2010. En esa misma fecha tuvo lugar la apertura de la celebración de la audiencia preliminar, en la cual ambas partes insistieron en las pruebas de informes dirigida a la parte demandada, procediendo a fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio para el día 18 de mayo de 2010, procediendo nuevamente las partes a insistir en la prueba de informes dirigida al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, procediendo nuevamente oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio para el día 16 de julio de 2010, en dicha fecha tuvo lugar la continuación de la audiencia de juicio para el día 23 de julio de 2010 fecha en la cual se fijo nueva oportunidad para la continuación de la audiencia de juicio, a los fines de proceder a tomar la declaración de partes al representante judicial de la parte demandada, en fecha 28 de julio de 2010, fue presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Expedientes, escrito de Transaccional, mediante el cual pasa este Tribunal a pronunciarse de seguidas:
DE LA TRANSACCION
Visto el escrito Transaccional presentado por ambas partes ciudadanos CLAUDIA CASTRO abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 76.601, actuando en este acto, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano IGNACIO JOSE TORRES arriba identificados quien se encuentran presente en este acto, por una parte y por la otra la ciudadana ZAIDA TORRES SIMANCAS abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 23.310, actuando en este acto en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedades mercantiles CORPORACIÓN FIR C.A., CORPORACIÓN OGI C.A. y CORPORACIÓN AS SEEN ON TV, ofrece la cantidad de VEINTISIETE MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 27.000), los cuales serán cancelados en dos partes, el Primer pago se efectuó en fecha 28 de julio de 2010 por la cantidad de TRECE MIL QUINIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs. 13.500), cancelado mediante cheque Nro. 41476091 a favor del ciudadano Ignacio Torres, librado contra la cuenta Nro. 01340052110523029320, del Banco Banesco y el Segundo pago se efectuará en fecha 13 de septiembre de 2010 por la misma cantidad, de igual forma se desprende la aceptación por parte del demandante de forma voluntaria conciente y libre de toda coacción establecida, en la cual reconoce que con dicho pago quedan incluidos todos y cada de los conceptos establecidos en la presente transacción, y visto que no se esta violentando ningún derecho al trabajador de autos, aunado a que el escrito transaccional cumple con detalle pormenorizado con todos y cada uno de los acuerdos por las partes. En consecuencia este JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con las normas de los Artículos 1713 y 1718 del Código Civil, 255, 256, 261 del Código de Procedimiento Civil, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia y por aplicación extensiva del Artículo 133 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo; declara HOMOLOGADA la transacción celebrada por las partes, se le otorga fuerza y carácter de COSA JUZGADA pasada en autoridad judicial, en consecuencia este tribunal procederá a dar por terminada el presente asunto, así como el sistema informático, Se acuerda con lo solicitado en relación a las copias certificadas CÚMPLASE.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia.
CÚMPLASE, PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE TRANSACCIÓN.
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En ésta ciudad, a los treinta (30) días del mes de julio de dos mil diez (2010). Año 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
Dra. MARIELA MORGADO RANGEL
LA JUEZ
Abg. ISRAEL ORTIZ QUEVEDO
EL SECRETARIO
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