REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


SOLICITANTES: NIEVES DE BERRIOS DELIA MARIA y VICENTE BERRIOS GONZALEZ.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº: 10.499-10
SENTENCIA: DEFINITIVA

En fecha 04 de Marzo de 2010 los Ciudadanos NIEVES DE BERRIOS DELIA MARIA y VICENTE BERRIOS GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.193.190 y V-7.252.420 respectivamente, asistidos por los abogados ELISA PEREZ y JORGE PINTO, inscritos en los INPREABOGADOS bajo los Nos. 99.708 y 136.822 respectivamente, presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, manifestando que desde hace más de cinco (05) años están separados y que de la unión conyugal no procrearon hijos.
Admitida la solicitud en fecha 20 de Abril de 2010, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 28 de Junio de 2010, manifestó no tener objeción alguna a la solicitud de divorcio formulada.