REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITANTES: MIGDALIA MILAGROS NORIA ALVAREZ y ROVINZON
ALBERTO YANEZ CORTEZ
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE N°: 10593
SENTENCIA DEFINITIVA

EN fecha del 27 de mayo 2010, los Ciudadanos, MIGDALIA MILAGROS NORIA ALVAREZ y ROVINZON ALBERTO YANEZ CORTEZ, venezolanos, Mayores de edad, de éste domicilio, Cónyuges, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 6.527.705 y V- 7.266.723 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en Ejercicio EDISON RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.692, presentaron escrito de solicitud de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, manifestando que desde hace más de cinco (09) años están separados, y que de la unión conyugal no procreamos hijos
Admitida la solicitud en fecha 27 de Mayo del 2010, se ordenó la notificación de la Público del Estado Aragua en Materia de Familia, cuyas resultas corren insertas a los folios 8y 9.