REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN Y DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. CIRCUITO JUDICIAL DEL PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRICPION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 29 de Julio de Dos Mil diez.

200° y 151°

Vista la solicitud de CURADOR AD-HOC presentada por el ciudadano RICHARD JOSE DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.774.403, de este domicilio, quien actúa a favor de sus hijas (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 de Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, actuando en su propio nombre debidamente asistido por el Abogado en ejercicio SUSYIN DE LAS VIRGENES MARQUEZ FERNANDEZ, este Tribunal administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY y de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, acuerda nombrar como CURADOR AD-HOC de las Adolescentes (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 de Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, antes identificadas a la ciudadana ROSAURA DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.890.106, de profesión u oficio AMA DE CASA, domiciliada en la calle Bolívar, casa Nro. 17, La Puente, Sector El Caro, Maturín, Estado Monagas. Cúmplase.
LA JUEZA

Dra. ELNA CIANO D´COOLS


LA SECRETARIA

Abog. DIANA MINERVA LEZAMA

EXP. N° JMS-1-8476-10
ECDC/DML/MIG