En el día de hoy, (15/JULIO/2010), siendo las 10:00 A.M., día fijado por este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua para llevar a cabo la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego, la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo , con ocasión del procedimiento por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) incoado por la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSORA PARTICIPAR S.A., contra el ciudadano NICOLÁS ANDRADE MOLINA titular de la cédula de identidad N° V- 5.251.155, en su carácter de deudor principal, y el ciudadano OSWALDO JOSÉ NARVÁEZ GAICE titular de la cédula de identidad N° V- 4.566.384, donde el tribunal de la causa decretó EMBARGO EJECUTIVO, sobre bienes propiedad de la demandada. Se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en cumplimento de la comisión conferida y acatando lo previsto en los articulo 237 y 238 de Código de Procedimiento Civil, estando en compañía de la apoderada judicial de la parte actora Abogada JOSBEL RODRÍGUEZ INPREABOGADO N° 125.217, de los auxiliares de justicia ciudadanos HENRY GARCÍA titular de la cédula de identidad N° V – 5.276.824 representante de la Depositaria Judicial La Nacional C.A, Del perito avaluador ciudadano CARLOS EFRAÍN TOVAR RAMOS titular de la cédula de identidad N° V– 10.458.730., en un inmueble ubicado en el Barrio Piñonal Sur, N° 133, Municipio Girardot Maracay Estado Aragua, (sitio indicado por la parte actora). De inmediato el tribunal, constituidos en las puertas del referido inmueble, concede el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte actora Abogada JOSBEL RODRÍGUEZ INPREABOGADO N° 125.217, quien expone: “solicito al tribunal materialice la medida comisionada y para ello señalo para ser embargado ejecutivamente inmueble donde se encuentra constituido y consigno en este acto Copia Certificada constante de cinco (05) folios útiles, documento que acredita la propiedad de dicho inmueble, registrado ante la Oficina de Registro Publico Inmobiliario Primer Circuito Estado Aragua, anotado bajo el numero 32, de fecha 23 de febrero de 1996. tomo 13, folios 98 al 100 Protocolo 1°, donde se verifica el inmueble donde se encuentra constituido el tribunal, propiedad del demandado ciudadano NICOLÁS ANDRADE MOLINA titular de la cédula de identidad N° V- 5.251.155, es todo”. Vista la anterior exposición, Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, el tribuna da por recibida la copia certificada constante de cinco (05) folios útiles, y ordena agregar a los autos y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ORDENA la materialización de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el Juzgado de la causa; SEGUNDO: ORDENA dar cumplimiento a lo señalado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en su Oficio identificado con las siglas TPE-01-680, de fecha 04 de julio del año 2001 donde ordenan que todos los autos, decisiones y demás providencias dictadas por los funcionarios judiciales, así como la documentación que tenga que ser suscrita por los auxiliares de justicia, deberá contener, además de la firma del funcionario, la expresa mención del nombre y apellido, así como el cargo que ostenta, todo a los fines de brindar una mayor seguridad jurídica.; TERCERO: ORDENA la designación y juramentación de perito avaluador y depositario judicial; CUARTO: ORDENA la fijación de un cartel de notificación a las puertas del inmueble; QUINTO: ORDENA la participación a la Oficina De Registro Correspondiente y SEXTO: ORDENA a la Secretaria dar cumplimiento a lo pautado en los artículos 188 y 189 ambos del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE. En este estado, el tribunal procede a designar y juramentar como depositario judicial ciudadano HENRY GARCÍA titular de la cédula de identidad N° V - 5.276.824 representante de la Depositaria Judicial La Nacional C.A, quien juro cumplirlo bien y fielmente. Así mismo, el tribunal designa como perito avaluador al ciudadano CARLOS EFRAÍN
TOVAR RAMOS titular de la cédula de identidad N° V– 10.458.730, quien encontrándose presente acepta el cargo y jurar cumplirlo bien y fielmente. Así las cosas, el perito avaluador ciudadano CARLOS EFRAÍN TOVAR RAMOS titular de la cédula de identidad N° V– 10.458.730, expone: “ el tribunal se encuentra constituido en en un inmueble ubicado en el Barrio Piñonal Sur, N° 133, Municipio Girardot Maracay Estado Aragua, con un área aproximada de 236,60 mts2, que avalúo en Bs. 1.800,00 el mts2 para un total de Bs. 425.880,00, constas de tras locales y un baño, techo parte zin , parte losa de concreto,, es todo”. El Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el inmueble de marras, hasta por la cantidad de Bs. 144.302,40, desposesionándolo jurídicamente del patrimonio de la demandada y colocándolo en posesión del depositario judicial HENRY GARCÍA titular de la cédula de identidad N° V - 5.276.824 representante de la Depositaria Judicial La Nacional C.A expone: “recibo conforme el inmueble de en el estado en que se encuentra, en nombre de mi representada Depositaria Judicial La Nacional C.A., dejando expresa constancia que el mismo se encuentra ocupado, es todo”. Seguidamente, la Secretaria da lectura a la presente acta y el tribunal hace constar que no hay observación ni reclamo contra la misma y, que carece de enmiendas y tachaduras. El tribunal deja constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para éste tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente. Finalmente, se fija cartel de notificación y siendo las (11:00 A. M.) Cumplida la misión, el Tribunal ordena su traslado y constitución en su sede natural. Es todo, Terminó, se leyó y conformes Firman.-----------------------------------------------------------
EL JUEZ,
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Dr. JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ GARCÍA
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
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ABOG. JOSBEL RODRÍGUEZ INPREABOGADO N° 125.217,
EL DEPOSITARIA DEL INMUEBLE EL REPRESENTANTE JUDICIAL DE LA DEPOSITARIA JUDICIAL LA NACIONAL C.A.
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HENRY GARCÍA C.I V- 5.276.824
EL PERITO
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CARLOS EFRAÍN TOVAR RAMOS C.I V– 10.458.730
FUNCIONARIO POLICIAL
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SARGENTO PRIMERO RICCI PÉREZ C.I V-9.676.520
LA SECRETARIA
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ABOG. ROSSANI MANAMA
Comisión N. 066-10 / Expediente N° 8003