En el día de hoy, Veintidós (22) de Julio de dos mil Diez (2010), siendo las diez (10:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, a fin de practicar medida de Embargo Ejecutivo, hasta por la cantidad de UN MILLON QUINCE MIL QUINIENTOS DOCE BOLIVARES CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 1.015.512,36), que comprende el doble del capital demandado, o sea QUINIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs. 507.756,18), mas la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL TRECIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 152.326,85), por concepto de costas procesales, para un total de UN MILLON CIENTO SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIEMTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES CON VEINTIUN CENTIMOS (Bs. 1.167.839,21). En caso de que el Embargo recaiga sobre cantidad liquida de dinero, solo se Embargara la suma demandada mas las costas procesales calculadas prudencialmente por el tribunal de la causa; decretado por el Juzgado Tercero de Primera en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES (Vía Ejecutiva), intento la Sociedad Mercantil HABITEK INDUSTRIAL, C.A., contra la Sociedad mercantil LABORATORIOS FARMA,C.A.; Se traslado y constituyo el Juzgado SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA a cargo de la ciudadana Jueza Provisorio, Abogado FANNY RAQUEL RODRIGUEZ ESPOSITO; el ciudadano Secretario YONNY ESCALONA, en compañía de los auxiliares de Justicia Perito Avaluador CHAVIEDO GARCIA OMAR, y el representante legal de la Depositaria Judicial LA NACIONAL, ciudadano JUAN RAMON REQUENA, quienes se encuentran debidamente designados y juramentados para este acto, y de la Apoderada Judicial de la parte actora abogada AMERICA RENDON MATA, Inpreabogado Nº 4.262, en la sede de la Empresa LABORATOROS FARMA, C.A., ubicada en la siguiente dirección Avenida 1, Zona Industrial San Vicente 2, Núcleo Industrial D-2, MUNICIPIO GIRARDOT, MARACAY ESTADO ARAGUA, lugar señalado por la parte actora. El Tribunal en cumplimiento de su misiòn y encontrándose en el sitio señalado por la parte actora previa verificación de la dirección indicada, observa que en la misma funcionan galpones signado con los números 5 y 6, en los cuales se encuentra ubicada la Empresa LABORATORIOS FARMA, C.A., RIF. J- 00013393-0, demandada de autos, por lo que se procedió a dar los toques de ley, siendo atendido por una persona que se identifico como GARCIA APONTE OSCAR RAMON, titular de la Cèdula de Identidad Nº V 6.442.068, quien manifestó ser Inspector de Seguridad del lugar donde funciona LABORATORIOS FARMA,C.A., quien permitió el acceso al Tribunal de manera voluntaria, imponiéndole este Tribunal de su misión. El notificado procedió a manifestar a este tribunal que el supervisor de la Empresa LABORATORIOS FARMA,C.A., se encuentra en la empresa, indicando al Tribunal el lugar donde esta ubicada la oficina del Supervisor de Almacén de Laboratorios Farma, C,A,. Seguidamente el Tribunal se dirigió a la oficina de Supervisión de Almacén de la Empresa demandada, siendo atendido por un ciudadano que se identifico como MUÑOS POZO ERLIN JAVIER, C.I. 13.700.768, quien manifestó que es el Supervisor de Almacén de Laboratorios Farma,c.a., y a quien el tribunal impuso de su misión, quien procedió a comunicarse telefónicamente desde el numero 0243.2372699 al numero telefónico 0414.3257786, con el Representante Legal de la Empresa demandada en el presente juicio, solicitando un lapso de media hora para hacerse presente. Es todo. En este estado este Tribunal vista la solicitud de la parte demandada, a los fines de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa, en respeto a las normas constitucionales contenidas en los artículos 7, 26, 49 ordinales 1 y 3 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los cuales se consagran la supremacía constitucional, el derecho a la tutela judicial efectiva que los órganos jurisdiccionales deben garantizar a todo ciudadano involucrado en un proceso, al derecho a la defensa y al cumplimiento de los trámites procesales que necesariamente deben cumplirse en la dinámica del proceso como instrumento fundamental para la realización de la justicia y, conforme a lo establecido en los artículos 12, 15, 237 y 238 del Código de Procedimiento Civil, acuerda otorgar un lapso de MEDIA HORA, para que se haga presente el representante legal de la parte demandada. Acto seguido siendo las 11:00 AM, se hizo presente el ciudadano GONZALEZ ESPINOZA DANIEL ENRIQUE, titular de la cedula de identidad Nº 5.794.934, quien manifestó a este tribunal que era EL DIRECTOR DE OPERACIONES DE LABORATORIOS FARMA, C.A., a quien este tribunal impuso de su misión, procediendo el mencionado ciudadano a comunicarse con el representante legal de la empresa, ciudadano GIOVANNI DI VENERE, quien solicito hablar con la ciudadana Juez, todo lo cual fue posible, imponiéndole este tribunal de su misiòn, manifestando el profesional del derecho a este tribunal que era imposible hacerse presente por cuanto se encontraba en la ciudad de Caracas. Es todo. En este estado este Tribunal Comisionado conforme a lo establecido en los artículos 12, 15, 237 y 238 del Código de Procedimiento Civil, procede a instar a las partes para que sostengan una conversación, a los fines de que puedan llegar a un arreglo que les sea beneficioso. Es todo. En este estado siendo las 12:25 p.m., se hizo presente una persona que se identifico como EYDA ANDREINA ORTEGA GIRON, Inpreabogado Nº 115.502, quien indico al Tribunal que era la apoderada judicial de la Empresa Demandada LABORATORIOS FARMA, para lo cual consigno en este acto copia simple de instrumento poder donde consta el carácter con el cual actúa, y el cual consigna constante de tres (3) folios útiles. Es todo. En este estado este Tribunal impone a la apoderada Judicial de la parte demandada de su misiòn, y a los fines de garantizar los principios constitucionales contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, insta a las Apoderadas Judiciales de las partes a los fines de que utilicen los Medios Alternativos de solución de conflicto. Es todo. En este estado las partes informan al Juzgado que llegaron a un acuerdo en los términos siguientes: En este estado la apoderada judicial de la demandada expone: En nombre de mi representada plenamente identificada en el mandamiento de ejecución, convengo en la demanda incoada por HABITEK INDUSTRIAL,C.A., por Cobro de Bolivares que cursa en el expediente 14.077 del Tribunal comitente, por lo que nos comprometemos al pago del monto demandado que equivale a la suma de SEISCIENTOS SESENTA MIL OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON TRES CENTIMOS (Bs. 660.083,03), comprendido por la cantidad de QUINIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs. 507.756,18), por concepto de cuotas de condominio vencidas que van desde el mes de noviembre de 2008, inclusive, al mes de abril de 2010, también inclusive; y por la cantidad de mas la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL TRECIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 152.326,85), por concepto de Costas Procesales. La suma antes discriminada será pagada a la empresa HABITEK INDUSTRIAL, C.A., el día viernes 30 de julio de 2010, estableciendo como tope 3:30 PM, mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente de la parte actora Nº 0156-0002-10-0400018131, de la entidad bancaria 100% Banco, o bien mediante el pago a travès de cheque de gerencia a favor de la ejecutante plenamente identificada. Este pago en cualquiera de las dos modalidades en que se efectué se verificara simultáneamente con la devolución por el tribunal de la causa de las planillas de condominio que motivaron el presente proceso, mediante diligencia suscrita por las parte con sus comprobantes de pago respectivos, con lo cual se entenderá cumplido en su totalidad las obligaciones de mi representada demandadas en el presente juicio, entendiéndose liberada de cualquier otra obligación derivada del presente juicio. Es todo. En este estado la apoderada judicial de la parte actora expone: Señalo al Tribunal Ejecutor que materialice la medida de Embargo decretada, a los fines de garantizar el cumplimiento del convenimiento realizado por la Apoderada de la parte demandada; y señalo a tal fin los inmuebles propiedad de la demandada según consta de documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico, del Segundo Circuito de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry y Costa de Oro del Estado Aragua, el 20-11-2009, bajo el nùmero 2009.3342, asiento Registral Uno del Inmueble matriculado con el Nº 282.4.1.1.8.381; correspondiente al Libro Folio Real del año 2009, Número 2009.3343, asiento Registral Uno, del Inmueble matriculado con el Nº 282.4.1.8.382, correspondiente al Libro de folio Real del año 2009, el cual anexo en diez (10) folios útiles marcado “A”, e identificado así: Galpón Industrial N° 5: El cual tiene un área aproximada de UN MIL TRESCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (1.309,50 mts2), consta de un área de oficina con su baño, un núcleo de baños para caballeros y damas; área de producción industrial y/o almacenaje de producción, hall de entrada y mezzanina. La oficina y núcleo de baños, tiene un área aproximada de NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (94,65 mts2); el área de producción y almacenaje tiene una superficie aproximada de UN MIL NOVENTA METROS CUADRADOS CON VEINTE DECIMETROS CUADRADOS (1.090,20 mts2); el hall de entrada tiene un área aproximada de TREINTA METROS CUADRADOS (30 mts2) y la mezzanina tiene un área aproximada de NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS ( 94,65 mts2). Dicho inmueble se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con galpón industrial N° 4; SUR: con galpón industrial N° 6; ESTE: con aceras y calles de circulación interna vehicular y/o peatonal ubicada en el lindero Oeste de la parcela de terreno y OESTE: con aceras y calles de circulación interna vehicular y/o peatonal en el lindero Oeste de la parcela de terreno. El inmueble se encuentra identificado con número de Catastro: 01-05-03-08-0-003-007-00-000-G00-005 , le corresponde en uso exclusivo dos (2) puestos de estacionamiento, ubicados en el lindero Este del Galpón y dentro de los derechos y cargas comunes le corresponde un porcentaje de condominio de DIEZ Y SEIS ENTEROS CON SIETE MIL DOSCIENTAS SETENTA Y NUEVE DIEZ MILÉSIMAS POR CIENTO (16.7279 %); y b) El Galpón Industrial N° 6: El cual tiene un área total aproximada de MIL DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (1.280,75 mts2), consta de un área de Oficina con su baño, un núcleo de baños para caballeros y damas, área de producción y/o almacenaje de producción, hall de entrada y mezzanina. La Oficina y núcleo de baños tiene un área aproximada de OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (89,50 mts2); el hall de entrada tiene un área aproximada de TREINTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (30,45 mts2); el área de producción y almacenaje tiene una superficie aproximada de UN MIL CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA DECÍMETROS CUADRADOS (1.045,70 mts2) y la mezzanina tiene un área aproximada de CIENTO DIEZ METROS CUADRADOS (110 mts2). Este galpón cuenta además con un depósito adicional en su lindero Sur, el cual tiene un área aproximada de SEIS METROS CUADRADOS CON VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS (6,20 mts2), siendo su acceso a través del área de producción y/o almacenaje del mismo GALPÓN INDUSTRIAL. Este inmueble se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con GALPÓN INDUSTRIAL N° 5; SUR: Con área común ubicada en el lindero SUR de la parcela de terreno y cuarto de hidroneumático; ESTE: Con aceras y calles de circulación interna vehicular y/o peatonal ubicada en el lindero Este de la parcela de terreno y OESTE: Con acera y calle interna de circulación vehicular y/o peatonal ubicada en el lindero Oeste de la parcela de terreno. El inmueble se encuentra identificado con el Número de Catastro: 01-05-03-08-0-003-007-000-000-G00-006, le corresponde en uso exclusivo dos (2) puestos de estacionamiento, ubicados en el lindero Este del Galpón y dentro de los derechos y cargas comunes le corresponde un porcentaje de condominio de DIEZ Y SEIS ENTEROS CON TRES MIL SEISCIENTAS SIETE DIEZ MILÉSIMAS POR CIENTO (16,3607 %). Es todo. En este estado este Tribunal visto el señalamiento realizado por la apoderada Judicial de la parte actora, siendo las 1:55 PM, gira instrucciones al perito designado para que realice la descripción y deje constancia del estado general de los inmuebles señalados. Es todo. En este estado el perito designado expone: El Tribunal se encuentra constituido en la sede de la Empresa LABORATOROS FARMA, C.A., ubicada en la siguiente dirección Avenida 1, Zona Industrial San Vicente 2, Núcleo Industrial D-2, Galpones 5 y 6, MUNICIPIO GIRARDOT, MARACAY ESTADO ARAGUA, y los bienes inmuebles señalados tienen las siguientes características: El Galpón Industrial N° 5: El cual tiene un área aproximada de UN MIL TRESCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (1.309,50 mts2), consta de un área de oficina con su baño, un núcleo de baños para caballeros y damas; área de producción industrial y/o almacenaje de producción, hall de entrada y mezzanina. La oficina y núcleo de baños, tiene un área aproximada de NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (94,65 mts2); el área de producción y almacenaje tiene una superficie aproximada de UN MIL NOVENTA METROS CUADRADOS CON VEINTE DECIMETROS CUADRADOS (1.090,20 mts2); el hall de entrada tiene un área aproximada de TREINTA METROS CUADRADOS (30 mts2) y la mezzanina tiene un área aproximada de NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS ( 94,65 mts2). Dicho inmueble se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con galpón industrial N° 4; SUR: con galpón industrial N° 6; ESTE: con aceras y calles de circulación interna vehicular y/o peatonal ubicada en el lindero Oeste de la parcela de terreno y OESTE: con aceras y calles de circulación interna vehicular y/o peatonal en el lindero Oeste de la parcela de terreno. El inmueble se encuentra identificado con número de Catastro: 01-05-03-08-0-003-007-00-000-G00-005 , le corresponde en uso exclusivo dos (2) puestos de estacionamiento, ubicados en el lindero Este del Galpón y dentro de los derechos y cargas comunes le corresponde un porcentaje de condominio de DIEZ Y SEIS ENTEROS CON SIETE MIL DOSCIENTAS SETENTA Y NUEVE DIEZ MILÉSIMAS POR CIENTO (16.7279 %); y b) El Galpón Industrial N° 6: El cual tiene un área total aproximada de MIL DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (1.280,75 mts2), consta de un área de Oficina con su baño, un núcleo de baños para caballeros y damas, área de producción y/o almacenaje de producción, hall de entrada y mezzanina. La Oficina y núcleo de baños tiene un área aproximada de OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (89,50 mts2); el hall de entrada tiene un área aproximada de TREINTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (30,45 mts2); el área de producción y almacenaje tiene una superficie aproximada de UN MIL CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA DECÍMETROS CUADRADOS (1.045,70 mts2) y la mezzanina tiene un área aproximada de CIENTO DIEZ METROS CUADRADOS (110 mts2). Este galpón cuenta además con un depósito adicional en su lindero Sur, el cual tiene un área aproximada de SEIS METROS CUADRADOS CON VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS (6,20 mts2), siendo su acceso a través del área de producción y/o almacenaje del mismo GALPÓN INDUSTRIAL. Este inmueble se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con GALPÓN INDUSTRIAL N° 5; SUR: Con área común ubicada en el lindero SUR de la parcela de terreno y cuarto de hidroneumático; ESTE: Con aceras y calles de circulación interna vehicular y/o peatonal ubicada en el lindero Este de la parcela de terreno y OESTE: Con acera y calle interna de circulación vehicular y/o peatonal ubicada en el lindero Oeste de la parcela de terreno. El inmueble se encuentra identificado con el Número de Catastro: 01-05-03-08-0-003-007-000-000-G00-006, le corresponde en uso exclusivo dos (2) puestos de estacionamiento, ubicados en el lindero Este del Galpón y dentro de los derechos y cargas comunes le corresponde un porcentaje de condominio de DIEZ Y SEIS ENTEROS CON TRES MIL SEISCIENTAS SIETE DIEZ MILÉSIMAS POR CIENTO (16,3607 %). Los galpones presentan las siguientes características: El GALPON Nº 5, tiene una longitud de 1309,50 metros cuadrados aproximadamente, consta de un àrea de oficina con su baño, un núcleo de baños para caballeros y damas, Hall de entrada y Mezzanina. La oficina y núcleo de baños tiene un àrea aproximada de noventa y cuatro metros con sesenta centímetros. La oficina tiene piso de granito en regular estado, paredes de bloque frisadas en regular estado, techo de platabanda en regular estado, baños con piso de granito en regular estado. El galpón Nº 6: Tiene un área aproximada de 1.280,75 mts.2; consta de un área de oficina con su baño, Mezzanina, además con un deposito adicional ubicado en su lindero sur, el cual tiene área aproximada de 6 mts.2, aproximadamente, tiene una oficina con piso de granito el regular estado, paredes de bloques frisado en regular estado, techo de platabanda en regular estado, baño con piso de cerámica en regular estado, y un deposito con piso de granito en regular estado, paredes de bloque frisado en regular estado, techo de platabanda en regular estado, y tres ventana panorámicas, una de tres (3) metros cuadrados y una de 4.5 mts 2; el perito le asigna un valor de Bs. 1.250.000,oo. Es todo. En este estado este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dar cumplimiento a la presente comisión en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE LOS BIENES INMUEBLES SEÑALADOS por la Apoderada Judicial de la parte actora, hasta por la suma de Bs. 1.167.839,21; y los cuales se discriminan a continuación: Galpón Industrial N° 5: El cual tiene un área aproximada de UN MIL TRESCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (1.309,50 mts2), consta de un área de oficina con su baño, un núcleo de baños para caballeros y damas; área de producción industrial y/o almacenaje de producción, hall de entrada y mezzanina. La oficina y núcleo de baños, tiene un área aproximada de NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (94,65 mts2); el área de producción y almacenaje tiene una superficie aproximada de UN MIL NOVENTA METROS CUADRADOS CON VEINTE DECIMETROS CUADRADOS (1.090,20 mts2); el hall de entrada tiene un área aproximada de TREINTA METROS CUADRADOS (30 mts2) y la mezzanina tiene un área aproximada de NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS ( 94,65 mts2). Dicho inmueble se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con galpón industrial N° 4; SUR: con galpón industrial N° 6; ESTE: con aceras y calles de circulación interna vehicular y/o peatonal ubicada en el lindero Oeste de la parcela de terreno y OESTE: con aceras y calles de circulación interna vehicular y/o peatonal en el lindero Oeste de la parcela de terreno. El inmueble se encuentra identificado con número de Catastro: 01-05-03-08-0-003-007-00-000-G00-005 , le corresponde en uso exclusivo dos (2) puestos de estacionamiento, ubicados en el lindero Este del Galpón y dentro de los derechos y cargas comunes le corresponde un porcentaje de condominio de DIEZ Y SEIS ENTEROS CON SIETE MIL DOSCIENTAS SETENTA Y NUEVE DIEZ MILÉSIMAS POR CIENTO (16.7279 %); y b) Galpón Industrial N° 6: El cual tiene un área total aproximada de MIL DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (1.280,75 mts2), consta de un área de Oficina con su baño, un núcleo de baños para caballeros y damas, área de producción y/o almacenaje de producción, hall de entrada y mezzanina. La Oficina y núcleo de baños tiene un área aproximada de OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (89,50 mts2); el hall de entrada tiene un área aproximada de TREINTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (30,45 mts2); el área de producción y almacenaje tiene una superficie aproximada de UN MIL CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA DECÍMETROS CUADRADOS (1.045,70 mts2) y la mezzanina tiene un área aproximada de CIENTO DIEZ METROS CUADRADOS (110 mts2). Este galpón cuenta además con un depósito adicional en su lindero Sur, el cual tiene un área aproximada de SEIS METROS CUADRADOS CON VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS (6,20 mts2), siendo su acceso a través del área de producción y/o almacenaje del mismo GALPÓN INDUSTRIAL. Este inmueble se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con GALPÓN INDUSTRIAL N° 5; SUR: Con área común ubicada en el lindero SUR de la parcela de terreno y cuarto de hidroneumático; ESTE: Con aceras y calles de circulación interna vehicular y/o peatonal ubicada en el lindero Este de la parcela de terreno y OESTE: Con acera y calle interna de circulación vehicular y/o peatonal ubicada en el lindero Oeste de la parcela de terreno. El inmueble se encuentra identificado con el Número de Catastro: 01-05-03-08-0-003-007-000-000-G00-006, le corresponde en uso exclusivo dos (2) puestos de estacionamiento, ubicados en el lindero Este del Galpón y dentro de los derechos y cargas comunes le corresponde un porcentaje de condominio de DIEZ Y SEIS ENTEROS CON TRES MIL SEISCIENTAS SIETE DIEZ MILÉSIMAS POR CIENTO (16,3607 %). El galpón Nº 6: Tiene un área aproximada de 1.280,75 mts.2; consta de un área de oficina con su baño, Mezzanina, además con un deposito adicional ubicado en su lindero sur, el cual tiene área aproximada de 6 mts.2, aproximadamente, tiene una oficina con piso de granito el regular estado, paredes de bloques frisado en regular estado, techo de platabanda en regular estado, baño con piso de cerámica en regular estado, y un deposito con piso de granito en regular estado, paredes de bloque frisado en regular estado, techo de platabanda en regular estado, y tres ventana panorámicas, una de tres (3) metros cuadrados y una de 4.5 mts 2; el perito le asigna un monto Bs. 1.250.000,oo. Es todo. En este estado este Tribunal hace entrega a los fines de su resguardo y custodia a la Depositaria Judicial La Nacional en la persona de su Representante Legal Ciudadano JUAN RAMON REQUENA, C.I. Nº 7.247.348, quien estando presente expone: Recibo conforme para mi Representada los Inmuebles anteriormente identificados en esta acta y juro cuidarlos con un buen padre de familia. Es todo. Se acuerda librar oficio a la Oficina de Registro Publico, del Segundo Circuito de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry y Costa de Oro del Estado Aragua, a los fines legales consiguientes. Se acuerda agregar a los autos los recaudos consignados. El Secretario dio lectura a la presente acta no habiendo objeción alguna. Es todo. Se deja constancia, que la practica de la presente medida no causo ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanada de la Comisiòn de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aun vigente. Cumplida su misiòn el Tribunal, siendo las 2:50 de la tarde, ordena su regreso a la sede habitual y ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal de la causa. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA PROVISORIO.
ABOG. FANNY RAQUEL RODRIGUEZ ESPOSITO
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA.
LOS NOTIFICADOS
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
EL PERITO EL DEPOSITARIO JUDICIAL
EL SECRETARIO.
ABG. YONNY ESCALONA
C-077-2010.
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