En el día hábil de hoy jueves, en la fecha arriba señalada, siendo las 8:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano CLAUDIO NORBERTO OROPEZA GIRON, titular de la cédula de identidad No.16.590.081, debidamente asistido por el abogado LUIS SANCHEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.57.938 y por la empresa demandada INVERSIONES VENTO 2000 C.A. y REINALDO ANTONIO FUENMAYOR SOTO, el apoderado judicial LEONARDO DIAZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.113.273, carácter que consta de instrumento poder apud acta inserto al folio 30 de los autos. La ciudadana Jueza, declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado. En este estado la parte demandada expone: A los fines de hacer uso de los medios alternativos de solución de conflicto como es la mediación ofrezco al trabajador actor la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.5.500,00), mediante cheque, signado con el No.30149892 de la cuenta corriente No.01340276142763007424 a nombre del trabajador CLAUDIO OROPEZA, contra el Banco BANESCO de fecha 13-07-2010 para ser entregado en el día de hoy, dicho monto cubre todos y cada uno de los conceptos demandados en el presente asunto. El trabajador CLAUDIO NORBERTO OROPEZA GIRON, titular de la cédula de identidad No.16.590.081 y su abogado asistente, manifiesta que esta conforme con el monto y recibe el instrumento mercantil supra identificado, y con dicha cantidad la demandada no tiene nada que deberle por los conceptos demandados en razón de la relación que existió entre las partes.
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