ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.010-653
PARTE ACTORA: Ciudadano, RUBEN MUJICA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad n° 16.398.108.
APODERADO JUDICIAL: Abogados IVANOVA MENESES, inscritos en los Inpreabogado bajo el N° 25.746.
PARTES DEMANDADAS: TRANSPORTE PUEBLO LIBRE, C.A y ASOCIACIÓN DE COOPERATIVA LA MATANCERA 990.
APODERADO JUDICIAL TRANSPORTE PUEBLO LIBRE, C.A: Abogado
LOINGRIS BASMAYI, inscrito en lo Inpreabogado bajo el N° 106.701.-
APODERADO JUDICIAL ASOCIACIÓN DE COOPERATIVA LA MATANCERA 990: Abogado VICTOR RIVAS, inscrito en lo Inpreabogado bajo el N° 30.858.-
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy 29 de Junio de 2010, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron el ciudadano RUBEN MUJICA, asistido por el abogado JOHANNY GOUDET, también comparecieron el abogado LOINGRIS BASMAYI, en su carácter de apoderado judicial de la empresa TRANSPORTE PUEBLO LIBRE, C.A. así mismo compareció el abogado VICTOR RIVAS, en su carácter de apoderado judicial de la empresa ASOCIACIÓN DE COOPERATIVA LA MATANCERA 990. La parte actora alega que le cancelen los montos correspondientes al concepto por diferencia de prestaciones sociales en las cantidades Bs. 4.311,81 por otra parte, las partes demandadas exponn: En nombre de nuestras representadas y a los fines de dar por concluido el presente juicio ofrece la cantidad de Bs. 500,00. El accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados antes señalados. Ambas partes acuerdan que el pago se realizará para el día 30-06-2010, el cual será consignado por ante de la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación del Trabajo,
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, celebrado
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T. LAS PARTES COMPARECIENTES. EL SECRETARIO