REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, quince de junio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : AP21-S-2010-000531
Vista la transacción presentada por la abogada en ejercicio CLARISSA STUYT, IPSA Nro. 139.520, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, por una parte, y por la otra, la ciudadana CARMEN VARGAS, titular de la cédula de identidad Nro. 12.377.490, debidamente asistida por el abogado en ejercicio PABLO ROBERTSON, I.P.S.A. Nro. 136.696, en la oferta real de pago presentada su favor por la empresa FARMA,S.A.; este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultados para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Jueza
La Secretaria
Abog. Olga Romero
Abog. Xiomara Gelvis
|