REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, once (11) de Junio de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2008-000726
Vistas las actas procesales que conforman el presente asunto y la diligencia de fecha 03 de Junio de 2008, presentada por la joven De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes, debidamente asistida por la abogada YAMILET MENDOZA, en su condición de Defensora Pública Décima Tercera (13°) de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual solicita se libre oficio al Banco Industrial de Venezuela a fin que me sea autorizado la libre movilización de la cuenta de ahorros N° 01-010-076182-9, a sus nombre, correspondiente ala libreta N° 1963389, en virtud de que en fecha 06 de mayo de 2010, alcanzó la mayoría de edad; igualmente solicitó que se le designara correo especial; en consecuencia esta Sala de Juicio, Juez Unipersonal N° 2, AUTORIZA a la joven De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes, para que se le entregue la libreta de la cuenta de ahorros Nº ° 01-010-076182-9 del Banco Industrial de Venezuela, y tenga libre movilización de la misma en virtud de que cumplió la mayoría de edad y tiene libre administración de sus bienes. Líbrese oficio a la Oficina de Control de Consignaciones de esta Circuito Judicial, a fin de realizar las diligencias tendientes al cumplimiento de lo ordenado por esta Sala de Juicio. Cúmplase.
LA JUEZ
Abg. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA A
Abg. ALICIA GUZMAN
RC/AG/K.
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